Baja por codo de tenista y 45 km en bici: el TSJPV avala el despido
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no ha tenido dudas: un trabajador que, con incapacidad temporal por epicondilitis y en «fase álgida», se fue a hacer rutas de montaña en bici no estaba cumpliendo con la buena fe contractual. La sentencia confirma el despido disciplinario. Pero no dice que cualquier deporte durante una baja sea automáticamente causa de despido; exige analizar cada caso. La alegación de represalia sindical no convenció a la Sala: el despido no se produce por ser representante de los trabajadores, sino pese a serlo. Dicho con todas las letras: la protección del delegado de UGT tiene límites.
Los hechos que tumban la versión del «era represalia»
El 18 de mayo de 2025, el empleado de Refractarios Remosa (llevaba allí desde 2010) comunicó a su encargado que llevaba casi dos meses con dolores en el codo derecho. Le dolía hasta ponerse la camisa o mover una silla. Al día siguiente, baja. La previsión inicial fue de 120 días; en agosto ya se hablaba de 365. Entre medias, una empleada trasladó a la dirección un rumor sobre el comportamiento del trabajador. La empresa contrató a un detective y este documentó tres rutas de montaña de 45 kilómetros, incluida una subida al Serantes.
La doctrina que deja sin argumentos al recurso
El tribunal aplica la «doctrina gradualista»: para justificar el despido hacen falta gravedad y culpabilidad, y cada caso debe analizarse por separado. Y añade un criterio relevante: no hace falta que el médico haya prohibido expresamente la actividad. Sería imposible, razona la Sala, listar todo lo que está contraindicado. Basta aplicar «la lógica de la razón» y ver si la conducta podía comprometer la recuperación. Con una lesión en fase álgida, pedalear 45 kilómetros por un puerto como el Serantes llevó a los magistrados a apreciar una transgresión grave de la buena fe contractual.
Del GPS a la lógica de la razón
El caso reabre un clásico del derecho laboral: cuánto puede vigilar una empresa a quien está de baja, y hasta dónde llega la privacidad. Aquí el detective fue suficiente, pero la anécdota del asunto es que en la era de Strava y las redes sociales, muchos trabajadores se delatan solos. No consta que fuera el caso, pero el aviso queda: la prueba digital viaja en el bolsillo del presunto infractor. La sentencia no es una patente de corso para espiar bajas médicas, pero tampoco un cheque en blanco para convertir la incapacidad temporal en vacaciones pagadas.
Con estos mimbres, conviene no sacar conclusiones apresuradas: el siguiente caso puede caer del otro lado si la actividad es un paseo moderado y la dolencia no está en fase de agravamiento. Pero quien piense que la baja por lesión es un paréntesis sin reglas, que repase el Serantes. La próxima frontera judicial será trazar la línea que separa rehabilitación de aventura; mal hará quien la cruce con la bici de montaña.