Despedido por subir al Serantes en bici cuando estaba de baja por el codo

Pedalear de baja le costó el empleo: el TSJPV lo avala

Baja por codo de tenista y 45 km en bici: el TSJPV avala el despido​

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no ha tenido dudas: un trabajador que, con incapacidad temporal por epicondilitis y en «fase álgida», se fue a hacer rutas de montaña en bici no estaba cumpliendo con la buena fe contractual. La sentencia confirma el despido disciplinario. Pero no dice que cualquier deporte durante una baja sea automáticamente causa de despido; exige analizar cada caso. La alegación de represalia sindical no convenció a la Sala: el despido no se produce por ser representante de los trabajadores, sino pese a serlo. Dicho con todas las letras: la protección del delegado de UGT tiene límites.

Los hechos que tumban la versión del «era represalia»​

El 18 de mayo de 2025, el empleado de Refractarios Remosa (llevaba allí desde 2010) comunicó a su encargado que llevaba casi dos meses con dolores en el codo derecho. Le dolía hasta ponerse la camisa o mover una silla. Al día siguiente, baja. La previsión inicial fue de 120 días; en agosto ya se hablaba de 365. Entre medias, una empleada trasladó a la dirección un rumor sobre el comportamiento del trabajador. La empresa contrató a un detective y este documentó tres rutas de montaña de 45 kilómetros, incluida una subida al Serantes.

La doctrina que deja sin argumentos al recurso​

El tribunal aplica la «doctrina gradualista»: para justificar el despido hacen falta gravedad y culpabilidad, y cada caso debe analizarse por separado. Y añade un criterio relevante: no hace falta que el médico haya prohibido expresamente la actividad. Sería imposible, razona la Sala, listar todo lo que está contraindicado. Basta aplicar «la lógica de la razón» y ver si la conducta podía comprometer la recuperación. Con una lesión en fase álgida, pedalear 45 kilómetros por un puerto como el Serantes llevó a los magistrados a apreciar una transgresión grave de la buena fe contractual.

Del GPS a la lógica de la razón​

El caso reabre un clásico del derecho laboral: cuánto puede vigilar una empresa a quien está de baja, y hasta dónde llega la privacidad. Aquí el detective fue suficiente, pero la anécdota del asunto es que en la era de Strava y las redes sociales, muchos trabajadores se delatan solos. No consta que fuera el caso, pero el aviso queda: la prueba digital viaja en el bolsillo del presunto infractor. La sentencia no es una patente de corso para espiar bajas médicas, pero tampoco un cheque en blanco para convertir la incapacidad temporal en vacaciones pagadas.

Con estos mimbres, conviene no sacar conclusiones apresuradas: el siguiente caso puede caer del otro lado si la actividad es un paseo moderado y la dolencia no está en fase de agravamiento. Pero quien piense que la baja por lesión es un paréntesis sin reglas, que repase el Serantes. La próxima frontera judicial será trazar la línea que separa rehabilitación de aventura; mal hará quien la cruce con la bici de montaña.
📊 OPINIONES
Peso aproximado de cada postura en el debate. No es una encuesta.
Despido justificado por mala fe contractual65%
La protección sindical no debe ser inmunidad25%
Riesgo de precedente contra bajas legítimas10%
📌 DATOS
45 kilómetros de recorrido en bici, incluida subida al Serantes
Tres rutas de montaña realizadas durante la baja
Baja inicial estimada en 120 días, ampliada después a 365
18 de mayo de 2025: comunicación del dolor e inicio de la incapacidad temporal
Trabajador en Refractarios Remosa desde 2010
❓ PREGUNTAS FRECUENTES
¿Pueden despedirte por hacer deporte durante una baja médica?
No automáticamente. El TSJPV recuerda la «doctrina gradualista»: hay que valorar la gravedad y la culpabilidad en cada caso. En este supuesto, el trabajador realizó tres rutas de montaña de 45 kilómetros (con subida al Serantes) mientras sufría epicondilitis en fase álgida, lo que el tribunal consideró una transgresión de la buena fe contractual. No hace falta que el médico haya prohibido la actividad: basta con que la conducta pudiera comprometer la recuperación según «la lógica de la razón».
¿Un representante sindical tiene protección especial frente al despido?
Sí, los delegados y representantes de los trabajadores gozan de protección reforzada frente a represalias. Ahora bien, esa protección no es inmunidad: si existe una causa real, grave y ajena a la actividad sindical, el despido disciplinario es válido. En este caso, el trabajador de Refractarios Remosa y UGT alegó que lo despidieron por su condición de representante, pero el TSJPV confirmó que la causa fue su conducta durante la baja, no su labor sindical.
¿La empresa puede contratar a un detective para vigilar a un empleado de baja?
El caso demuestra que sí se ha utilizado esta vía. La empresa puso un detective que comprobó las salidas en bici del trabajador. La legalidad de la vigilancia privada en estos casos está delimitada: debe respetar el derecho a la intimidad y la protección de datos. La información obtenida fue admitida como prueba y contribuyó a sostener el despido. Cada caso dependerá de la proporcionalidad y de cómo se obtengan las pruebas.
¿Qué es la doctrina gradualista en los despidos disciplinarios?
Es el criterio que obliga a adecuar la sanción a la gravedad de la falta. Para imponer el despido, que es la sanción máxima, no basta una infracción cualquiera; debe existir una transgresión grave y culpable de la buena fe contractual. El TSJPV la aplicó en esta sentencia: analizó las circunstancias concretas (tipo de lesión, fase de la baja, esfuerzo realizado) y concluyó que tres rutas de montaña de 45 km con el codo en fase álgida justificaban la máxima sanción.
📅 EVOLUCIÓN
Mayo 2025 El trabajador comunica dolor en el codo y comienza una incapacidad temporal por epicondilitis
Agosto 2025 La previsión inicial de baja de 120 días se amplía a 365
Agosto 2026 El TSJPV confirma el despido disciplinario y desestima la alegación de represalia sindical
🔗 FUENTES
El Correo ↗
Medio que publicó la información sobre la sentencia
💬 POR QUÉ PARTICIPAR
✓El detalle de la sentencia que desactiva el argumento de la represalia sindical: la protección reforzada no es inmunidad.
✓El dato que pone en contexto la baja: de 120 días iniciales a 365, con la lesión en «fase álgida» cuando se hicieron las rutas.
✓Las tres rutas de montaña y la subida al Serantes: el recorrido exacto que convenció a los magistrados.
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