Dinero máximo en cuenta bancaria sin invertir

Efectivamente, conozco Raisin , el banco noruego y he leido las condiciones particulares del depósito que, personalmente, no me gustan demasiado, pero...eso es a criterio de cada uno, ya sabes.
cuales no te gustan? y las de la cuenta de ahorro?
 
¿Cuanto seria el máximo que tendríais inmovilizado en cuentas bancarias sin tocar y como colchón? Suponiendo que no estáis pensando ahora mismo en comprar vivienda etc. Se habla mucho de diversificar, pero no del máximo colchón a tener sin que sea demasiado dinero "parado"
En mi caso actualmente el 70% de la cartera esta en efectivo. Lo normal? Un 20%
 
El oro es para conservar (que no aumentar) el valor en el largo plazo. Todo lo demás sobre el oro son milongas.
 
cuales no te gustan? y las de la cuenta de ahorro?

Hola Pinovsky...

Las cuentas remuneradas de bancos o de Fintech, exigen, todas las que yo conozco, una inmobiización minima temporal, o una cantidad minima indisponible.

Además, el hecho de tener dinero en cuentas extranjeras en cantidad igual o superior a 50.000 € obliga a NOTIFICARLO a la A.T., lo que no significa pagar, sino NOTIFICAR a través del modelo 720, cuya legalidad es muy cuestionable pero que, en cualquier caso, la A.T. LO SIGUE PIDIENDO HACIENDO OIDOS SORDOS, de momento, hasta que no haya al menos dossentencias de invalidez, o un pronunciamiento del Tribunal Supremo que cree Jurisprudencia.

El hecho de que la A. T. te obligue a notificarlo tiene una malévola segunda lectura, en razón de que sabe dónde esta el dinero de un contribuyente español, a efectos de lo que expondré en la contestación a otro compañero más abajo.

Por ello, yo me inclino decididamente por
  • la cuentas en ORO FISICO ASIGNADO, no por pepelitos ETF's o similares, encuendrados en el sistema financiero y a los que les afecta de pleno el RIESGO DE CONTRAPARTE, es decir, que estás supeditado a que alguien cumpla con lo prometido.
Eso no ocurre con las cuentas en oro, donde el metal precioso/oro:
  • Es ASIGNADO, es decir, son de tu exclusiva propiedad sin intervención de terceros.
  • Control personal de la caja fuerte de seguridad donde está el oro, gestionado por mi sin intervención de nadie.
  • Son liquidas, disponibles a través ordenes de venta total o parcial, si lo preciso, directamente sobre mi cuenta bancaria.
  • Están auditadas,
  • Cuentan un seguro por el Lloyd's hasta 50 M € por cuenta.
  • ESTAN fuera de ESPAÑA y
  • NO HAY OBLIGACIÓN DE NOTIFICARLAS EN EL 720 de la A.T. simplemente porque NO está incluido en el listado.
En fin, para mi son razones más que suficientes para no depender de ningún banco que me dejará las migajas de lo que él obtenga moviendo el dinero de los impositores.

Un muy cordial saludo.
p.d.
Si precisais mas información, el privado está a vuestra disposición.
 
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El oro es para conservar (que no aumentar) el valor en el largo plazo. Todo lo demás sobre el oro son milongas.
Año 2000 precio oro 300 dolares...oro en 2010 precio 1300 dolares....para solo mamtener es mucha subida y ganancia eh

Enviado desde mi RMX1971 mediante Tapatalk
 
El oro es para conservar (que no aumentar) el valor en el largo plazo.

Desde el máximo respeto a las opinion divegentes, los números NO se discuten, se comprueban.

En el grafico inferior, la cotización del mercado de las materias PRIMAS (No producto financiero como ETF's CFD's etc que es OTRO mercado) parece ser que el rendimiento de un depósito en oro fisico asignado y monetario ha generado una plusvalía del 47,6% desde 17 de octubre del 2018 a la fecha actual del 24 de junio del 2020 en euros.

A mi me parece "decentita"...y se augura bastante más, por la mayor escasez debido TAMBIÉN a su aplicación industrial, y a la acumulación de los Bancos Centrales.


FUENTE: LBMA (London Bullion Market Association)​


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Todo lo demás sobre el oro son milongas.

En el gráfico inferior vereís la acumulación y reservas de oro de los principales países y la muy mejorable posición del BdE.

Yo me pregunto...
  • si los que más saben del mercado por la abundancia y calidad de sus técnicos, aumentan sus reservas en Oro fisico,
  • si los que conocen la evolución de futuro de la macro economía, compran oro programadamente...
por qué el ciudadano de a pie no HACE LO MISMO como protección ANTI-CRISIS, o para generarse un patrimonio, en vez de invertir su ahorro en productos asimilados y digeridos por Aseguradoras o Bancos con rentabilidades inexistentes o muy por debajo de la inflación ?

Cada uno tendrá su respuesta y la toma de la decisión más oportuna...personalmente lo tengo MUY claro.


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Cordiales saludos..
 

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Año 2000 precio oro 300 dolares...oro en 2010 precio 1300 dolares....para solo mamtener es mucha subida y ganancia eh

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  • bundancia y calidad de sus técnicos, aumentan sus reservas en Oro fisico,
  • si los que conocen la evolución de futuro de la macro economía, compran oro programadamente...
por qué el ciudadano de a pie no HACE LO MISMO como protección ANTI-CRISIS, o para generarse un patrimonio, en vez de invertir su ahorro en productos asimilados y digeridos por Aseguradoras o Bancos con rentabilidades inexistentes o muy por debajo de la inflación ?

A ver, me explico. Ganancias pasadas no garantizan ganancias futuras. Yo lo que digo es que si compras oro ahora no garantizas ganancias a un año, a dos años o a cinco. A corto o medio plazo tiene riesgo, menos que otros activos pero tiene.

Lo que te aseguras con el oro es que a largo plazo mantienes. Pongamos que tienes 30 años y quieres ahorrar para la jubilación minimizando riesgos. Pues con el oro te aseguras mantener el valor a largo, que no es poco.
 
Desde el máximo respeto a las opinion divegentes, los números NO se discuten, se comprueban.

En el grafico inferior, la cotización del mercado de las materias PRIMAS (No producto financiero como ETF's CFD's etc que es OTRO mercado) parece ser que el rendimiento de un depósito en oro fisico asignado y monetario ha generado una plusvalía del 47,6% desde 17 de octubre del 2018 a la fecha actual del 24 de junio del 2020 en euros.

A mi me parece "decentita"...y se augura bastante más, por la mayor escasez debido TAMBIÉN a su aplicación industrial, y a la acumulación de los Bancos Centrales.


FUENTE: LBMA (London Bullion Market Association)​


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En el gráfico inferior vereís la acumulación y reservas de oro de los principales países y la muy mejorable posición del BdE.

Yo me pregunto...
  • si los que más saben del mercado por la abundancia y calidad de sus técnicos, aumentan sus reservas en Oro fisico,
  • si los que conocen la evolución de futuro de la macro economía, compran oro programadamente...
por qué el ciudadano de a pie no HACE LO MISMO como protección ANTI-CRISIS, o para generarse un patrimonio, en vez de invertir su ahorro en productos asimilados y digeridos por Aseguradoras o Bancos con rentabilidades inexistentes o muy por debajo de la inflación ?

Cada uno tendrá su respuesta y la toma de la decisión más oportuna...personalmente lo tengo MUY claro.


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Cordiales saludos..
El problema es que el oro no da una rentabilidad de doble digito. La bolsa si.
 
Ganancias pasadas no garantizan ganancias futuras. Yo lo que digo es que si compras oro ahora no garantizas ganancias a un año, a dos años o a cinco. A corto o medio plazo tiene riesgo, menos que otros activos pero tiene.

Dentro del más sinceo ánimo de la argumentación sobre comentarios y sin que ello represente en absoluto otra cosa que oponer criterios, la verdad enunaciada de que " Ganancias pasadas no garantizan ganancias futuras. " responde a la verdad del mundo financiero.

Es así en valores de Bolsa, porque manejas un concepto que es el denominado RIESGO DE CONTRAPARTE.

Me explico:

Aplicar el dogma dicho cuando inviertes en acciones del Santander, BMW o cualquiera otra, significa que ESPERAS que la gestión sea igualmente buena para los sucesivos periodos, a como lo fue en los periodos pasados,... que no haya modificaciones legales que cambien el curso de la compañía, que el mercado no deje fuera por obsolescencia el producto o alguno de los productos (los coches diesel, por ejemplo), que NO se marche el directivo estrella de la compañia, etc etc...Es decir, son modalidades del RIESGO DE CONTRAPARTE...

Cuando hablamos del oro, hablamos de algo que NO lo tiene, porque solo depende de la oferta y de la demanda a nivel MUNDIAL.

No obstante, NINGUN bien en el mercado sigue una trayectoria SIEMPRE ascendente y en todo momento alcista. La diferencia es, como ya he argumentado en el pasado, EL METODO de INVERSIÓN que solo es eficiente cuando no intervienen terceros. Este método tiene una disciplina de aplicación.

REQUISITOS DE APLICACIÓN PARA SU EFICIENCIA
  1. Tener un horizonte claro de inversión, es decir, por ejemplo, programarse un mínimo de 3 a 5 años (medio/largo plazo)
  2. Es necesario ser CONSTANTE en la CANTIDAD y en la cadencia del TIEMPO (por ejemplo, comprar 300 € siempre cada 30 /45/ 60/98,5 días) según mi calendario
  3. Ser paciente y no abandonar la disciplina ya sea cuando el ORO suba, como si BAJA hasta el momento de la retirada.
  4. No es corto-placista. No sirve para el denominado trader
De esta forma, nos mantendremos siempre ajenos a las oscilaciones del mercado y a su repercusión en nuestra cartera (dinero) en metales preciosos

EVOLUCIÓN DEL PRECIO DEL ORO EN EL TIEMPO (Supuesto de ejemplo ) - EFECTO COST AVERAGE

Observad en el ejemplo que el ahorrador con 100 € sigue EL MÉTODO, y que no le importa en absoluto el perido bajista o alcista.

1573306721944.png
Periodos Tiempo


Inversión - Precio del oro - Cantidad comprada
100 € :100 €/gr = 1,00 Gramos
100 € : 80 €/gr = 1,25 Gramos
100 € : 70 €/gr = 1,43 Gramos
100 € :60 €/gr = 1,67 Gramos
100 : 50 = 2,00 Gramos
100 : 40 = 2,50 Gramos
100 : 30 = 3,33 Gramos
100 : 30 = 3,33 Gramos
100 : 20 = 5,00 Gramos
100 : 15 = 6,67 Gramos
100 : 15 = 6,67 Gramos
100 : 40 €/Gr = 2,50 Gramos
––––––––––––––––––––----------------
Total invertido 1.200 € = 37,35 Gramos

Valor actual:
Cantidad comprada = 37,35 Gramos x 40,00 /Gr (precio del oro en el momento de la venta) = 1.494,00 € = 24,5 % de los 1.200 € (Rendimiento)

Dicho de otra manera, he ganado incluso en un mercado con cotización en "pérdida" desde que inicié el proceso. Esto se denomina consecuencia WIN-WIN, puesto que cuando el oro SUBE, aumenta el valor de mi depósito, y cuando el oro BAJA, aumento la cantidad de mi depósito.

CONCLUSIÓN:

El oro NO tiene riesgo, por eso es un valor refugio. Lo que tiene riesgo ES LA FORMA en que invertimos en oro o en cualquier bien.

Lo que te aseguras con el oro es que a largo plazo mantienes. Pongamos que tienes 30 años y quieres ahorrar para la jubilación minimizando riesgos. Pues con el oro te aseguras mantener el valor a largo, que no es poco.

Efectivamente y en completo acuerdo. Si haces un ahorro paulatino, te esptás preparando el mejor Plan de Pensiones del mercado.
 
El problema es que el oro no da una rentabilidad de doble digito. La bolsa si.

Eso es relativo...Si consultas la página INVESTING.COM en materias primas, observarás que el oro está dando un RENDIMIENTO del 24.8% este año 2021 y del 21,5% en el pasado 2019...

Lo que no da son DIVIDENDOS, eso sí...pero hay que comparar manzanas con manzanas y peras con peras.

La Bolsa es mercado finaciero con pérdidas espectaculares este año. De hecho en marzo, suspedieron las cotizaciones de las participaciones de BNP Paribas que gestionaba Santalucía compañía de seguros PARA LOS PARTÍCIPES ESPAÑOLES en el Fondo.

A finales de Abril, más de 5100 Millones de € habían abandonado los fondos españoles con pérdidas importantes...En fin, estimado "Hernandez González" cada uno es dueño de su dinero y de su circunstancia.

Luego te contestaré a la observación anterior a ésta, que me parece de sumo interés.

Saludos cordiales
 
Eso es relativo...Si consultas la página INVESTING.COM en materias primas, observarás que el oro está dando un RENDIMIENTO del 24.8% este año 2021 y del 21,5% en el pasado 2019...

Lo que no da son DIVIDENDOS, eso sí...pero hay que comparar manzanas con manzanas y peras con peras.

La Bolsa es mercado finaciero con pérdidas espectaculares este año. De hecho en marzo, suspedieron las cotizaciones de las participaciones de BNP Paribas que gestionaba Santalucía compañía de seguros PARA LOS PARTÍCIPES ESPAÑOLES en el Fondo.

A finales de Abril, más de 5100 Millones de € habían abandonado los fondos españoles con pérdidas importantes...En fin, estimado "Hernandez González" cada uno es dueño de su dinero y de su circunstancia.

Luego te contestaré a la observación anterior a ésta, que me parece de sumo interés.

Saludos cordiales
No no, hablo de anualizada eh. Anualizada no llega al doble digito
 
Si te despidieran, cuanto tiempo tardarias en reincorporarte al mundo laboral o buscarte la vida?, pues calcula el dinero que necesitas ese tiempo y lo multiplicas por 2.

Ahora, yo te diria que ahorres lo que puedas pues vienen tiempos interesantes como dice la maldicion china.

Jorobar, muy premonitorio tu mensaje de finales del año pasado ¿no? Aunque fuese casualidad...
 
Aprovecho este hilo para lanzaros una consulta. Durante el confinamiento he abierto cuentas en Barclays International (Isle de Man, min permitido 25k£), Barclays UK(Max. Permitido 25k£), Banco Atlantico Europa(Portugal, depósito bienvenida a 3 meses remunerado, maximo 50k 1.1%). En España tengo mi cuenta normal donde está domiciliada mi nomina(BBVA) y he abierto otra en Orange Bank para aprovechar la cuenta de ahorro al 1%. (Max 20k)
Tengo cuenta también en Dinamarca (Saxo) pero no metí nada porque es un Banco de Inversión puro, sin tarjetas por ejemplo.
Tengo por tanto FGD español (BBVA 100k), Portugal(Atlántico 100k), Francia (Orange 100k), isla de Man(Barclays International 50k£) y UK(Barclays UK 100k £)
Quiero estar en liquidez porque busco vivienda en un plazo de año y medio. Como repartiríais vuestros ahorros entre estas cuentas ?
Creéis que merece la pena tanto lío en la situación actual o simplificarais eliminando alguna? Mi idea es protegerme de problemas en España y, como mucho intentar compensar algo la inflación.
Un factor que no controlo en absoluto es el de las cuentas en otras divisas. Barclays International permite abrir en libras, dólares o euros y Atlántico en dólares, euros, libras o francos suizos.
Digamos 100k para hacerlo más sencillo. Gracias por la ayuda!
 
En mi caso actualmente el 70% de la cartera esta en efectivo. Lo normal? Un 20%

La composición y distribución del ahorro de cada uno es siempre muy respetable. Sea ello la premisa de partida inapelable.

Soy analista de riesgos NO financieros y provengo fundamentalmente del sector asegurador. Dicho esto, pretendo sentar la base de mis razonamientos sucesivos. Así pues:

  • Mantener un exceso de liquidez en cuenta corriente puede ser un factor de peligro. Avalo mi opinión en que la estructura jurídica para una incautación del 10 % como impuesto sobre el capital circulante no activo, no solo está sustentado por el FISCAL MONITOR del 2013 -pg 49- sino que ha sido una idea lanzada ya por la fruta de Podemos en el Parlamento de Andalucía, Teresa Rodriguez.

  • Siendo Cristine Lagarde presidente del FMI mantuvo esta tesis y así se publicó ( hace 7 años, de acuerdo, pero las circunstancias está hoy más vigentes que nunca ) Abajo podeis ver el texto del apoyo jurídico. Ya ocurrió en Grecia hace unos años y no tantos.


  • El encuadre anunciado ha dado sus primeros pasos que podría justificar lo que el FMI autoriza y España, como miembro del Organismo internacional puede poner en marcha.


Por ello, la A.T. pide que se DECLAREN las cuentas en entidades bancarias en el extranjero por encima de los 50.000€. A ello me refería en una intervención anterior, al decir de la segunda lectura maliciosa de tal medida. Identificar fondos y propietarios para una potencial captación OBLIGATORIA.

¿HAY ALGUNA SOLUCIÓN?

Pues sí...por ello hablaba en un post precedente de las ventajas de tener oro fisico asignado en depósitos en cajas fuertes independientes y fuera del sistema finaciero.
Si deseaís más información echadle un vistazo al funcionamiento de la sociedad.



Saludos cordiales
 

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La composición y distribución del ahorro de cada uno es siempre muy respetable. Sea ello la premisa de partida inapelable.

Soy analista de riesgos NO financieros y provengo fundamentalmente del sector asegurador. Dicho esto, pretendo sentar la base de mis razonamientos sucesivos. Así pues:

  • Mantener un exceso de liquidez en cuenta corriente puede ser un factor de peligro. Avalo mi opinión en que la estructura jurídica para una incautación del 10 % como impuesto sobre el capital circulante no activo, no solo está sustentado por el FISCAL MONITOR del 2013 -pg 49- sino que ha sido una idea lanzada ya por la fruta de Podemos en el Parlamento de Andalucía, Teresa Rodriguez.

  • Siendo Cristine Lagarde presidente del FMI mantuvo esta tesis y así se publicó ( hace 7 años, de acuerdo, pero las circunstancias está hoy más vigentes que nunca ) Abajo podeis ver el texto del apoyo jurídico. Ya ocurrió en Grecia hace unos años y no tantos.


  • El encuadre anunciado ha dado sus primeros pasos que podría justificar lo que el FMI autoriza y España, como miembro del Organismo internacional puede poner en marcha.


Por ello, la A.T. pide que se DECLAREN las cuentas en entidades bancarias en el extranjero por encima de los 50.000€. A ello me refería en una intervención anterior, al decir de la segunda lectura maliciosa de tal medida. Identificar fondos y propietarios para una potencial captación OBLIGATORIA.

¿HAY ALGUNA SOLUCIÓN?

Pues sí...por ello hablaba en un post precedente de las ventajas de tener oro fisico asignado en depósitos en cajas fuertes independientes y fuera del sistema finaciero.
Si deseaís más información echadle un vistazo al funcionamiento de la sociedad.



Saludos cordiales
Si si, si normalmente la inversion es al reves pero los tiempos que corren no me gustan para tener todo metido en inversion.
Lo de auvesta no esta mal, habria que mirarlo bien
 
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¿Y cuánto te cobran por eso?
Igual te cobran más que los impuestos... y vete a saber....
 
La composición y distribución del ahorro de cada uno es siempre muy respetable. Sea ello la premisa de partida inapelable.

Soy analista de riesgos NO financieros y provengo fundamentalmente del sector asegurador. Dicho esto, pretendo sentar la base de mis razonamientos sucesivos. Así pues:

  • Mantener un exceso de liquidez en cuenta corriente puede ser un factor de peligro. Avalo mi opinión en que la estructura jurídica para una incautación del 10 % como impuesto sobre el capital circulante no activo, no solo está sustentado por el FISCAL MONITOR del 2013 -pg 49- sino que ha sido una idea lanzada ya por la fruta de Podemos en el Parlamento de Andalucía, Teresa Rodriguez.

  • Siendo Cristine Lagarde presidente del FMI mantuvo esta tesis y así se publicó ( hace 7 años, de acuerdo, pero las circunstancias está hoy más vigentes que nunca ) Abajo podeis ver el texto del apoyo jurídico. Ya ocurrió en Grecia hace unos años y no tantos.


  • El encuadre anunciado ha dado sus primeros pasos que podría justificar lo que el FMI autoriza y España, como miembro del Organismo internacional puede poner en marcha.


Por ello, la A.T. pide que se DECLAREN las cuentas en entidades bancarias en el extranjero por encima de los 50.000€. A ello me refería en una intervención anterior, al decir de la segunda lectura maliciosa de tal medida. Identificar fondos y propietarios para una potencial captación OBLIGATORIA.

¿HAY ALGUNA SOLUCIÓN?

Pues sí...por ello hablaba en un post precedente de las ventajas de tener oro fisico asignado en depósitos en cajas fuertes independientes y fuera del sistema finaciero.
Si deseaís más información echadle un vistazo al funcionamiento de la sociedad.



Saludos cordiales
Un fondo de inversión domiciliado en Luxemburgo o Irlanda (casi todos los comercializados en España de grandes gestoras internacionales lo son) está también protegido de robo o confiscación por parte del gobierno. Las participaciones están en esos países. Y están exentos de declarar nada.

Mucha gente ignora esto y es una forma muy sencilla que hay también de protegerse de la rapiña de los gobiernos. El oro fisico está muy bien, yo creo que puede que en los próximos 6 años alcance 9000 dólares la onza, pero hay que recordar que ya en Estados Unidos un presidente decidio que había que confiscarlo al pueblo y es lo mismo que han hecho hace no mucho en la India. Luego es difícil de sacar del país si no eres del gobierno de Venezuela...

Saludos.
 
Un fondo de inversión domiciliado en Luxemburgo o Irlanda (casi todos los comercializados en España de grandes gestoras internacionales lo son) está también protegido de robo o confiscación por parte del gobierno. Las participaciones están en esos países. Y están exentos de declarar nada.

Como digo en toda intervención, se trata de elegir según la disponibilidad y criterio / preferencias de cada cual....

No obstante:

  • FONDO DE INVERSION, en cualquier parte del mundo, tiene un RIESGO DE CONTRAPARTE, porque se manejan promesas de pago o de cumplimiento. Ejemplo: Fondo de inversión de BNP Paribas, comercializado por Santalucía Cía de Seguros : Suspendido de cotización y SIN LIQUIDEZ frente a sus partícipes. Esto ya fue avisado por el Subgobernador del BCE, Sr. De Guindos, en octubre pasado...y ha ocurrido. Falta de liquidez. (Analicemos la composición de los fondos...y eso no está al alcance de la mayoría de los inversores particulares)
  • Según el articulado del Modelo 720 de la A.T. HAY OBLIGACIÓN DE DECLARAR cualquier inversión superior a los 50.000 € en INSTRUMENTOS FINANCIEROS depositados fuera de España...¡A mi que me registren !, lo dice la A.T. y el problema, si no se hace, viene después en las repatriaciones de capital.

Mucha gente ignora esto y es una forma muy sencilla que hay también de protegerse de la rapiña de los gobiernos. El oro fisico está muy bien, yo creo que puede que en los próximos 6 años alcance 9000 dólares la onza, pero hay que recordar que ya en Estados Unidos un presidente decidio que había que confiscarlo al pueblo y es lo mismo que han hecho hace no mucho en la India. Luego es difícil de sacar del país si no eres del gobierno de Venezuela...

Saludos.

Estoy de acuerdo con tus previsones de valoración del Oro para los años próximos...eso dicen muchos analistas. El ORO FISICO ASIGNADO no es instrumento financiero, sino MERCANCÍA y por ello no está citado en el modelo 720.

Además, y sigues teneindo razón en cuanto a tu cita en la aprehensión del oro en USA e INDIA, no se pueden dar las mismas circunstancias porque estamos hablando de cajas fuertes de seguridad en varios paises, incluido en Singapur...

Todo puede ocurrir, cierto, pero la diversificación y el conglomerado de paises afectados en la U.E. lo hace prácticamente imposible...¡es mi opinión y la de la mayoría de expertos en Metales preciosos de Inversión. Y eso es lo que hace la multinacional que indicaba en un post precedente: DIVERSIFICAR ubicaciones.

Ha sido un placer argumentar contigo este asunto.
 
¡ OJO!

Declararlos NO significa pagar, sino que hay que INFORMAR de la existencia de ese dinero FUERA de España...Son términos diferentes y que no se deben mezclar.
 
¡ OJO!

Declararlos NO significa pagar, sino que hay que INFORMAR de la existencia de ese dinero FUERA de España...Son términos diferentes y que no se deben mezclar.

No he entendido bien tu argumento, si el fondo está domiciliado en Luxemburgo o Irlanda pero está contratado a través de un broker español, no cuenta como capital en el extranjero y no hay que declararlo en el 720. Y lo mismo si son acciones cotizadas en una bolsa extranjera, siempre que el broker sea español. Nos hemos perdido algo?.

Lo que dices del riesgo de liquidez en fondos es en casos en que precisamente el fondo está invirtiendo mucho capital en activos muy poco líquidos tipo microcaps, pero es muy diferente de los fondos que hablamos aquí, que invierten en los mercados más líquidos (large caps y deuda soberana grado inversión).
 
No he entendido bien tu argumento, si el fondo está domiciliado en Luxemburgo o Irlanda pero está contratado a través de un broker español, no cuenta como capital en el extranjero y no hay que declararlo en el 720. Y lo mismo si son acciones cotizadas en una bolsa extranjera, siempre que el broker sea español. Nos hemos perdido algo?.

Hola " La Enviada "...

Es probable que si no has entendido bien es porque yo no me haya explicado correctamente. Para ello, doy un paso atras en la argumentación y en la linea de lo que manifiestas. Así pues:

  • El Fondo está domiciliado en Luxemburgo o en Irlanda, es decir, fuera de España, luego el dinero del partícipe NO está en España, ...luego cumple con uno de los requisitos de OBLIGACIÓN de INFORMAR a la A.T : La existencia y condición de ese FONDO en territorio UE, pero...

  • " pero está contratado a través de un broker español , NO cuenta como capital en el extranjero "...Sí que CUENTA porque está en el extranjero segun la normativa de la A.T., y van dos condiciones, es decir, Fondo fuera y dinero fuera...

  • " y no hay que declararlo en el 720..." Tu no, el broker español sí lo hace porque informa a la A.T. (pj Santader, Renta 4 etc ).
SI EL BROKER ES ESPAÑOL, no hay que declararlo en el 720 según lo que has escrito, no?...NO, no es así..

¡¡¡ EL DEPOSITANTE NO TIENE QUE DECLARARLO porque lo hace el Broker español por él. !!​

Así de fácil, entre otras cosas, porque le obliga la ley, es decir, informan directamente a la A.T

Parece que sí, que efectivamente nos habíamos perdido algo...y lo mismo con las acciones si el importe es superior a 50.000 € y lo mismo con las Criptomonedas etc etc ...pero NO con el ORO fisico porque no está incluido...Una ventaja más, mira por donde...!


.....Las participaciones están en esos países. Y están exentos de declarar nada.

No, en serio, no están exentas de declaración. Lo que ocurre, como digo, es que TU estás exento porque otro lo hace por ti.


Lo que dices del riesgo de liquidez en fondos es en casos en que precisamente el fondo está invirtiendo mucho capital en activos muy poco líquidos tipo microcaps, pero es muy diferente de los fondos que hablamos aquí, que invierten en los mercados más líquidos (large caps y deuda soberana grado inversión).

Efectivamente es así, no son líquidos porque a cambio de una importante rentabilidad suelen invertir en activos poco líquidos o de escasa rotación.

Desconozco de qué fondos hablábais, pues si lo habéis citado en alguna parte, probablemente sea esa la razón por la que yo me haya perdido.

Pero ¡vamos ! que el 720 es muy claro. Miradlo bien y si estoy equivocado estaré encantado en rectificar...aunque me temo que no.

Saludos cordiales...
 
Hola " La Enviada "...

Es probable que si no has entendido bien es porque yo no me haya explicado correctamente. Para ello, doy un paso atras en la argumentación y en la linea de lo que manifiestas. Así pues:

  • El Fondo está domiciliado en Luxemburgo o en Irlanda, es decir, fuera de España, luego el dinero del partícipe NO está en España, ...luego cumple con uno de los requisitos de OBLIGACIÓN de INFORMAR a la A.T : La existencia y condición de ese FONDO en territorio UE, pero...

  • " pero está contratado a través de un broker español , NO cuenta como capital en el extranjero "...Sí que CUENTA porque está en el extranjero segun la normativa de la A.T., y van dos condiciones, es decir, Fondo fuera y dinero fuera...

  • " y no hay que declararlo en el 720..." Tu no, el broker español sí lo hace porque informa a la A.T. (pj Santader, Renta 4 etc ).
SI EL BROKER ES ESPAÑOL, no hay que declararlo en el 720 según lo que has escrito, no?...NO, no es así..

¡¡¡ EL DEPOSITANTE NO TIENE QUE DECLARARLO porque lo hace el Broker español por él. !!​

Así de fácil, entre otras cosas, porque le obliga la ley, es decir, informan directamente a la A.T

Parece que sí, que efectivamente nos habíamos perdido algo...y lo mismo con las acciones si el importe es superior a 50.000 € y lo mismo con las Criptomonedas etc etc ...pero NO con el ORO fisico porque no está incluido...Una ventaja más, mira por donde...!




No, en serio, no están exentas de declaración. Lo que ocurre, como digo, es que TU estás exento porque otro lo hace por ti.




Efectivamente es así, no son líquidos porque a cambio de una importante rentabilidad suelen invertir en activos poco líquidos o de escasa rotación.

Desconozco de qué fondos hablábais, pues si lo habéis citado en alguna parte, probablemente sea esa la razón por la que yo me haya perdido.

Pero ¡vamos ! que el 720 es muy claro. Miradlo bien y si estoy equivocado estaré encantado en rectificar...aunque me temo que no.

Saludos cordiales...

OK, entendido.

Sobre el tema de la liquidez los fondos a los que me refería son los indexados de Amundi y Vanguard.
 

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