Ejercer de abogado con más de treinta años…

Yo miro temas laborales, así que las audiencias provinciales, como que no.
Ya que estais comunicativos…
¿Qué os parece la subida de la cuantía del juicio declarativo ordinario a 15.000 euros?
¿Querrán quizá que se descongestionen los juzgados celebrando menos audiencias previas?
 
Ya que estais comunicativos…
¿Qué os parece la subida de la cuantía del juicio declarativo ordinario a 15.000 euros?
¿Querrán quizá que se descongestionen los juzgados celebrando menos audiencias previas?
Pues entonces se puede reclamar en juicio verbal hasta esa cantidad no? Ni tan mal entonces...
 
Ya que estais comunicativos…
¿Qué os parece la subida de la cuantía del juicio declarativo ordinario a 15.000 euros?
¿Querrán quizá que se descongestionen los juzgados celebrando menos audiencias previas?

Que el problema no es la cuantía sino los verbales por materia.

Por ejemplo, ya que andas con la usura: ahora mismo no puedes demandar pidiendo nulidad de condiciones generales de la contratación (verbal por materia) y subsidiariamente nulidad por usura (indeterminado-ordinario).

No es posible la acumulación de acciones

Por lo demás todo ok. Prefiero los verbales a los ordinarios
 
Que el problema no es la cuantía sino los verbales por materia.

Por ejemplo, ya que andas con la usura: ahora mismo no puedes demandar pidiendo nulidad de condiciones generales de la contratación (verbal por materia) y subsidiariamente nulidad por usura (indeterminado-ordinario).

No es posible la acumulación de acciones

Por lo demás todo ok. Prefiero los verbales a los ordinarios
Claro pero yo defiendo al prestamista, no al prestatario. Un mes de plazo y 20% de interés, desde luego que ni la vieja de Crimen y Castigo…
 
Última edición:
  • Comento mi caso a ver que consejos se le puede ocurrir darme a algún forero abogado que tenga experiencia en el mundillo…

    Después de acabar tarde el grado en la Universidad de Sevilla (27 años), estuve opositando a secretario de ayuntamiento, oposiciones que lamentablemente no saqué tras varios años hincando codos. También viví una temporada en Inglaterra donde aprobé el B2. La cosa es que me planteo mi futuro laboral y pensando en que hacer decidí que la salida lógica era cursar el máster de acceso a la abogacía (que lamentablemente en su día no cursé). Me han cogido en la Universidad de Huelva y estoy en lista de espera para las universidades de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Pablo de Olavide.
    Mis preguntas:
    ¿Hasta que punto lo tengo difícil para meter la cabeza en el sector teniendo en cuenta mi edad (32 años)?
    ¿Me merece la pena gastarme más dinero en un máster de “postín” con una buena bolsa de empleo?
    ¿Cuanto tiempo sería recomendable estar de pasante antes de intentar montármelo por mi cuenta y riesgo?
    ¿Me merece la pena matricularme en Huelva o esperar a que me cojan en otra Universidad de las que antes cité?


    Gracias de antemano
Ahora se esta especulando mucho sobre la inminente creación y puesta a punto de los nuevos tribunales de instancia en lugar de los juzgados de toda la vida…
No se qué os sugiere su creación, pero yo pienso que al ser pluripersonales y colegiados deberían ayudar considerablemente a reducir el tiempo de espera para la celebración de los juicios y las sentencias, al final y al cabo habiendo tres jueces/magistrados se debería trabajar más rápido que con uno solo.

Quizá eso se verá en mayor medida en juzgados rurales, que suelen estar servidos por un solo juez, ahora para digamos “crear” la colegialidad en un órgano que antes no lo era deberían sacar muchas más plazas de jueces que antaño.
 
Yo empecé con 30 tras un par de años en secano (trabajo de oficina sin ir a sala). Llevo unos seis años y me va genial.

Aunque este oficio es muy cabrón...

Hablando del oficio, ¿es cierto que todos los juicios televisados en usa son fake, y que eso ocurre en otros países? Por ejemplo, charles manson un actor, unabomber disidencia controlada, andreas breivik rollo para subir presupuesto de defensa que luego se va a tanques de papel, los picapleitos del caso de oj simpson venían de bellas artes, y Gisele Pellicot más que una flipada, otra actriz más?

 
  • Comento mi caso a ver que consejos se le puede ocurrir darme a algún forero abogado que tenga experiencia en el mundillo…

    Después de acabar tarde el grado en la Universidad de Sevilla (27 años), estuve opositando a secretario de ayuntamiento, oposiciones que lamentablemente no saqué tras varios años hincando codos. También viví una temporada en Inglaterra donde aprobé el B2. La cosa es que me planteo mi futuro laboral y pensando en que hacer decidí que la salida lógica era cursar el máster de acceso a la abogacía (que lamentablemente en su día no cursé). Me han cogido en la Universidad de Huelva y estoy en lista de espera para las universidades de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Pablo de Olavide.
    Mis preguntas:
    ¿Hasta que punto lo tengo difícil para meter la cabeza en el sector teniendo en cuenta mi edad (32 años)?
    ¿Me merece la pena gastarme más dinero en un máster de “postín” con una buena bolsa de empleo?
    ¿Cuanto tiempo sería recomendable estar de pasante antes de intentar montármelo por mi cuenta y riesgo?
    ¿Me merece la pena matricularme en Huelva o esperar a que me cojan en otra Universidad de las que antes cité?


    Gracias de antemano

Por cuenta ajena, ni idea; por cuenta propia con el master de abogacia, al dia siguiente de colegiarte.

Derecho, incluso sin el master, es una carrera con buenas salidas laborales con un master de especidad, no necesariamente el de abogacia... Si es el de abogacia solo tienes que elegir una especialidad de las de cientos que hay:

- Genero: proteger hombres de denuncias falsas es negocio asegurado.
- Mascotas ¿Quien se queda el gato tras el divorocio?
- Dirvorcios
- Penal: un pais lleno de delincuentes
- derecho industrial, ambiental no se como anda la cosa, pero recursos de alzada contra la administracion por temas de avales hay a toneladas.

Quizas, diria, que civil o laboral son las que menos

y derecho y tecnologia, o derecho especializado en IA, si es que existe, podria ser buena idea...


- Derecho sensual: defender a cliente, o sea, especializarse en cualquier cosa que intente incivil a los maromos.
 
Ahora se esta especulando mucho sobre la inminente creación y puesta a punto de los nuevos tribunales de instancia en lugar de los juzgados de toda la vida…
No se qué os sugiere su creación, pero yo pienso que al ser pluripersonales y colegiados deberían ayudar considerablemente a reducir el tiempo de espera para la celebración de los juicios y las sentencias, al final y al cabo habiendo tres jueces/magistrados se debería trabajar más rápido que con uno solo.

Quizá eso se verá en mayor medida en juzgados rurales, que suelen estar servidos por un solo juez, ahora para digamos “crear” la colegialidad en un órgano que antes no lo era deberían sacar muchas más plazas de jueces que antaño.


Otra parida del gobierno


Crean un nuevo tribunal de instancia, al que deberán dirigirse las demandas, con carácter provincial (y fusilan en teoría los partidos judiciales).

Pero eso no significa que todo vaya a ir a la capital de provincia, y que vaya a ser ágil. Los tribunales de instancia se compondrán de secciones, y cada "sección" se le adjudicará un asunto en función del volumen de trabajo, proximidad de la partes...

Vamos, que tiene pinta que la sección será el mixto de tu pueblo, el de toda la vida. Lo que pasa es que ahora habrá más trámite: mandarlo al de instancia, y este repartirlo a la sección. Cuando antes lo mandabas directamente al mixto sin pasar por tantas manos.

Lo que no han tenido agallas es a cargarse los partidos judiciales, porque hay muchos intereses.

Y lo de cambiar el nombre a los juzgados de paz para pasar a llamarse oficinas de la administración de justicia... Pues eso, a gastar millones de euros en renovar sellos, placas, chapitas, membretes... Porque efecto práctico ninguno
 
Por cuenta ajena, ni idea; por cuenta propia con el master de abogacia, al dia siguiente de colegiarte.

Derecho, incluso sin el master, es una carrera con buenas salidas laborales con un master de especidad, no necesariamente el de abogacia... Si es el de abogacia solo tienes que elegir una especialidad de las de cientos que hay:

- Genero: proteger hombres de denuncias falsas es negocio asegurado.
- Mascotas ¿Quien se queda el gato tras el divorocio?
- Dirvorcios
- Penal: un pais lleno de delincuentes
- derecho industrial, ambiental no se como anda la cosa, pero recursos de alzada contra la administracion por temas de avales hay a toneladas.

Quizas, diria, que civil o laboral son las que menos

y derecho y tecnologia, o derecho especializado en IA, si es que existe, podria ser buena idea...


- Derecho sensual: defender a cliente, o sea, especializarse en cualquier cosa que intente incivil a los maromos.


Derecho concursal y buen manejo de la ley de segunda oportunidad. Eso está dando mucho curro.

Hay millones de personas arruinadas deseando empezar de cero, y mucha empresa con jetas que han solicitado concurso.


Muy pocos abogados manejan el tema
 
Yo empecé con 30 tras un par de años en secano (trabajo de oficina sin ir a sala). Llevo unos seis años y me va genial.

Aunque este oficio es muy cabrón...


Con los sablazos que pegáis aprovechándoos de la necesidad de la gente, como para no vivir montando en el €
 
Por cuenta ajena, ni idea; por cuenta propia con el master de abogacia, al dia siguiente de colegiarte.

Derecho, incluso sin el master, es una carrera con buenas salidas laborales con un master de especidad, no necesariamente el de abogacia... Si es el de abogacia solo tienes que elegir una especialidad de las de cientos que hay:

- Genero: proteger hombres de denuncias falsas es negocio asegurado.
- Mascotas ¿Quien se queda el gato tras el divorocio?
- Dirvorcios
- Penal: un pais lleno de delincuentes
- derecho industrial, ambiental no se como anda la cosa, pero recursos de alzada contra la administracion por temas de avales hay a toneladas.

Quizas, diria, que civil o laboral son las que menos

y derecho y tecnologia, o derecho especializado en IA, si es que existe, podria ser buena idea...


- Derecho sensual: defender a cliente, o sea, especializarse en cualquier cosa que intente incivil a los maromos.
Un poco trolaso
 
Lo de la pasantía es igual casi ningún despacho va aceptar un pasante que no venga "recomendado"

Tonteria como un piano. Todos los masters tienen su periodo de practicas. Iras donde te mande la universidad salvo que te busques tu uno y listo...

Abogados ejerciendo en españa, todos los que quieras; abogados ESPECIALIZADOS en un tema en concreto, o dos, pocos, muy pocos... esos son los que hacen pasta; eso si, con el boca a boca y networking...

Creo que es de las pocas profesiones donde la edad a la que empieces importa poco, porque la ley es la ley y todo lo demas son tretas... al final, da igual lo que se diga... quien decide es un juez, las pruebas como seas culpable ya puedes tener el mejor agobado del mundo que no te salvas.
 
  • Comento mi caso a ver que consejos se le puede ocurrir darme a algún forero abogado que tenga experiencia en el mundillo…

    Después de acabar tarde el grado en la Universidad de Sevilla (27 años), estuve opositando a secretario de ayuntamiento, oposiciones que lamentablemente no saqué tras varios años hincando codos. También viví una temporada en Inglaterra donde aprobé el B2. La cosa es que me planteo mi futuro laboral y pensando en que hacer decidí que la salida lógica era cursar el máster de acceso a la abogacía (que lamentablemente en su día no cursé). Me han cogido en la Universidad de Huelva y estoy en lista de espera para las universidades de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Pablo de Olavide.
    Mis preguntas:
    ¿Hasta que punto lo tengo difícil para meter la cabeza en el sector teniendo en cuenta mi edad (32 años)?
    ¿Me merece la pena gastarme más dinero en un máster de “postín” con una buena bolsa de empleo?
    ¿Cuanto tiempo sería recomendable estar de pasante antes de intentar montármelo por mi cuenta y riesgo?
    ¿Me merece la pena matricularme en Huelva o esperar a que me cojan en otra Universidad de las que antes cité?


    Gracias de antemano
Reflotando el hilo
Aprovecho para pedir una opinión profesional a los compañeros de profesión si tienen a bien ayudarme.

Hace un tiempo presente demanda (una demanda puramente instrumental dicho sea de paso) para el antiguo trabajador de un cliente que al finalizar su relación laboral no devolvió la contabilidad de la empresa, debiendo hacerlo por tenerla en su poder y por haber sido el controller financiero de la empresa en cuestión.

La cosa es que la otra parte ha contestado presentando la declinatoria de jurisdicción ya que yo argumenté que la competencia objetiva debía llevarse a cabo por la vía civil y no por la laboral, primero por no existir acción en lo laboral en tal sentido y segundo por tratarse de una obligación civil de dar y subsidiariamente de indemnizar a mi cliente en el caso haber perdido el demandado la contabilidad sin remedio.

Me argumentan en su escrito que debe de conocer la jurisdicción social por basarse el supuesto litigioso en el contrato de trabajo, aunque en el contrato no pone nada de “funciones contables”, la llevanza de la contabilidad se le encomendaba sin mas formalismos.

¿Que os parece? Conoceís algún supuesto jurisprudencial que me pueda resultar de ayuda?
Estoy harto de buscar jurisprudencia y solo encuentro una manola y humo por decirlo así.

Gracias de antemano

Lo peor es que nos condenen en costas…
 
@europeo sobre lo que comentas de la motivación del abogado joven contra el abogado viejuno que hace lo justo.

Recuerdo que yo iba de testigo con mampara (yo los detuve trabajando de segurata) un juicio contra unos grafiteros que reventaron un tren.

Ellos los grafiteros acusados eran tres. Tres abogados distintos, uno cada uno. Dos de esos abogados eran viejunos tranquilos que parecía como "a ver, que pase el chaparrón y que mis clientes ceporro acaben lo menos malparados posible".

Pero el abogado joven del tercer grafitero, no. El abogado joven estaba lleno de testosterona, era súper agresivo, súper motivado, se quería merendar la sala. El único que se levantó para tener contacto visual conmigo. El único que se ralló en interrogarme poniendo fotos de uno de los grafitis para liar y hacer ver que eso ya estaba puesto. Me decía "pero es que, usted, parece que tiene una memoria selectiva. Porque recuerda con gran detalle cosas que ocurrieron hace años, pero hay otras que no las recuerda en absoluto!!".

Pero así todo el rato súper enérgico, casi acusador, hubo un momento en que el juez le llamó la atención, y el dijo "disculpen, es que soy así de apasionado".

Yo lo que pienso, y te pregunto porque no lo sé, es que los dos abogados viejunos experimentados, sabían que lo mejor para sus clientes, que son unos piezas, y cualquiera lo sabe, era pasar por ahí sin ir con humos contra mi, pasar el juicio con calma de forma conciliadora, y aquello que me dijo una vez un abogado, "un juicio es una obra de teatro en donde todo importa, hasta tu comportamiento en el pasillo esperando, y hay que dar buena imagen". Y que el otro abogado joven motivado que había visto muchas pelis de abogados no se enteraba que hay juicios perdidos de antemano y ponerse en plan tigre furioso sólo perjudica a su cliente.

Estás de acuerdo?

Llevo yo mucho tiempo oyendo de abogados dinosáuricos y cada vez yo comulgo más con esa idea que cuanta menos vehemencia y más pasotismo mejor. Supongo que una razón puede ser la filosofía del clavo que sobresale existente en España, si sobresales prepárate para ser aplastado.

La figura del abogado hoy es de adorno, diríase incluso que molesta, los procuradores siguen existiendo no porque los necesite el cliente , el abogado o exista una exigencia legal (si es incompatible procura y abogacía es precisamente para que los abogados no hagan de procuradores y no al revés, cuestión que en administrativo y laboral donde pocas veces hay procurador porque ahí si se permite que el abogado ejerza la representación demuestra su innecesariedad) los únicos que encuentran cómoda su existencia y la razón de su existencia son los funcionarios del juzgado, mucho más cómodo notificar telemáticamente procuradores que andar mandando cartas a la ciudadanía ergo haz uso de procurador o atente a las consecuencias.

En un mundo ideal o como antaño era el abogado el que ponía cosas encima de la mesa del juez y el juez decidía conforme a lo que le habían puesto, ahora esto ya casi nunca ocurre, contadas ocasiones veo que un juez haga uso de algo que dijo un abogado, normalmente parten con una idea preconcebida de un análisis que no suele durar más de 2 min y a partir de ahí emiten su sentencia. Con las mismas te puede poner una sentencia condenatoria que una absolutoria, lo habitual es si existen 10 cuestiones o pruebas utilizar las 2 que permiten decir que algo es zain fingiendo que las 8 que demuestran la palidez de la cosa no existen y viceversa. En suma para que sirve proponer prueba y ofrecer argumentos, jurisprudencia si sus señorías hacen caso omiso? Que he llegado a ver auténticas barbaridades como cuestionar la existencia de un río en una sentencia (y hablamos del río Tormes)

Por este motivo parece que lo que más sintoniza con esta mentalidad funcionarial de mínimo esfuerzo es no ser una nota discordante en esta justicia cada vez más denostada lenta e ineficiente y fingir o asumir que te la suda tanto como a los demás intervinientes en un proceso judicial (casi todos funcionarios que cobran pase lo que pase).

Y es que hacer muchas preguntas, sobre todo preguntas incómodas efectivamente incomoda y conlleva regañinas , este señor es un presunto malo y merece un respeto letrado, deje de tratarlo como un delincuente porque aunque fuese sorprendido hacha en mano y cubierto de sangre delante del desmembrado cuerpo de la presunta víctima no es un malo hasta que yo dictamine al respecto (y muy seguramente dictamine que es inocente si me dicen que las cárceles están llenas, si es de cierta procedencia, si me he llevado un sobre o si tiene carnet del PSOE)

Suele sorprender a los no habituales en los juzgados que aquí nadie tome ninguna nota, que se pierdan documentos, que los jueces anden mirando el móvil el ordenador, la pared o el reloj con impaciencia mientras la gente habla pero eso es ya lo habitual en muchos juzgados.
 
Llevo yo mucho tiempo oyendo de abogados dinosáuricos y cada vez yo comulgo más con esa idea que cuanta menos vehemencia y más pasotismo mejor. Supongo que una razón puede ser la filosofía del clavo que sobresale existente en España, si sobresales prepárate para ser aplastado.

La figura del abogado hoy es de adorno, diríase incluso que molesta, los procuradores siguen existiendo no porque los necesite el cliente , el abogado o exista una exigencia legal (si es incompatible procura y abogacía es precisamente para que los abogados no hagan de procuradores y no al revés, cuestión que en administrativo y laboral donde pocas veces hay procurador porque ahí si se permite que el abogado ejerza la representación demuestra su innecesariedad) los únicos que encuentran cómoda su existencia y la razón de su existencia son los funcionarios del juzgado, mucho más cómodo notificar telemáticamente procuradores que andar mandando cartas a la ciudadanía ergo haz uso de procurador o atente a las consecuencias.

En un mundo ideal o como antaño era el abogado el que ponía cosas encima de la mesa del juez y el juez decidía conforme a lo que le habían puesto, ahora esto ya casi nunca ocurre, contadas ocasiones veo que un juez haga uso de algo que dijo un abogado, normalmente parten con una idea preconcebida de un análisis que no suele durar más de 2 min y a partir de ahí emiten su sentencia. Con las mismas te puede poner una sentencia condenatoria que una absolutoria, lo habitual es si existen 10 cuestiones o pruebas utilizar las 2 que permiten decir que algo es zain fingiendo que las 8 que demuestran la palidez de la cosa no existen y viceversa. En suma para que sirve proponer prueba y ofrecer argumentos, jurisprudencia si sus señorías hacen caso omiso? Que he llegado a ver auténticas barbaridades como cuestionar la existencia de un río en una sentencia (y hablamos del río Tormes)

Por este motivo parece que lo que más sintoniza con esta mentalidad funcionarial de mínimo esfuerzo es no ser una nota discordante en esta justicia cada vez más denostada lenta e ineficiente y fingir o asumir que te la suda tanto como a los demás intervinientes en un proceso judicial (casi todos funcionarios que cobran pase lo que pase).

Y es que hacer muchas preguntas, sobre todo preguntas incómodas efectivamente incomoda y conlleva regañinas , este señor es un presunto malo y merece un respeto letrado, deje de tratarlo como un delincuente porque aunque fuese sorprendido hacha en mano y cubierto de sangre delante del desmembrado cuerpo de la presunta víctima no es un malo hasta que yo dictamine al respecto (y muy seguramente dictamine que es inocente si me dicen que las cárceles están llenas, si es de cierta procedencia, si me he llevado un sobre o si tiene carnet del PSOE)

Suele sorprender a los no habituales en los juzgados que aquí nadie tome ninguna nota, que se pierdan documentos, que los jueces anden mirando el móvil el ordenador, la pared o el reloj con impaciencia mientras la gente habla pero eso es ya lo habitual en muchos juzgados.

Entiendo lo que dices.

Lo que pasa en todo lo público. En eso, en la sanidad, educación...

En este caso concreto, yo agradeci que le pararan los pies a un abogado agresivo, cuando yo tuve que detener a estos piezas, me habían puesto una mampara, las pruebas eran obvias, desde la cámara que graba hasta el parte de la policía que decía que iban manchados en sus manos de aerosol graffitero... porque realmente es incómodo, más sabiendo que esos tíos eran culpables, porque cualquiera con dos dedos de frente lo sabe.

Entiendo todo lo que dices. Lo de la ley del mínimo esfuerzo. Pero también pienso que hay casos como este demasiado obvios, en los que lo más normal es casi casi llegar allí como acusados con humildad, sin chulerías, tratando de no caer mal y sin tomar el pelo a nadie. "Lo siento, bla bla, he aprendido la lección", y buscar el menor castigo.
 
Entiendo lo que dices.

Lo que pasa en todo lo público. En eso, en la sanidad, educación...

En este caso concreto, yo agradeci que le pararan los pies a un abogado agresivo, cuando yo tuve que detener a estos piezas, me habían puesto una mampara, las pruebas eran obvias, desde la cámara que graba hasta el parte de la policía que decía que iban manchados en sus manos de aerosol graffitero... porque realmente es incómodo, más sabiendo que esos tíos eran culpables, porque cualquiera con dos dedos de frente lo sabe.

Entiendo todo lo que dices. Lo de la ley del mínimo esfuerzo. Pero también pienso que hay casos como este demasiado obvios, en los que lo más normal es casi casi llegar allí como acusados con humildad, sin chulerías, tratando de no caer mal y sin tomar el pelo a nadie. "Lo siento, bla bla, he aprendido la lección", y buscar el menor castigo.

Lo que son los juzgados penales es un submundo aparte , creo que es la jurisdicción donde lo que pone en los textos y lo que pasa en realidad más choca.

Hay una serie de normas no escritas como que ir a un juzgado penal a pedir indemnización es garantía de que absuelvan al susodicho (salvo peleas con lesiones donde ahí si que condenan a todo el que pasaba por ahí).

Hay unos cuantos casos paradigmáticos como robos en supermercados, gente que se iba sin pagar en la gasolinera etc etc que se han acabado despenalizando por la fuerza porque los absolvían a todos , en general para cosas de poca monta el malo es el que denuncia y no apechuga, la actitud de los jueces es "me colapsáis el juzgado con insensateces" y atizan a la víctima para desincentivar. Convertir en antieconómico el denunciar/demandar.

Luego las penas nunca entenderé porque si pones en el código penal " se castigará con pena de 12 a 36 meses al que robe con fuerza blablabla " luego tienes infinidad de gente con 30 antecedentes penales por robo en la calle si a la 2ª deberían de estar en prisión.

Y ya el tema más candente es el de las engañas ya sean convencionales o electrónicas, si alguien no te paga vía civil y si es insolvente te joroba, aquí es escandaloso como absuelven a la gente.

Entonces eso de ir de humilde... en otros tiempos que esto era un país serio lo mejor era ir agachando la cabeza, ahora los delincuentes habituales ya saben que no pasa nada y fuerzan la suspensión del juicio 4 veces, que si yo estoy malo, mi abogado se puso malo, el testigo no aparece (cómplice del acusado) , solicito cambiar de abogado que siento no me está defendiendo apropiadamente.... se ríen de todo y todos y al final a lo sumo cumplen unos mesecillos en prisión que se lo toman como la tasa por seguir haciendo de las suyas, saben de sobra que pueden seguir robando, engañando o lo que sea que al final los acaban soltando.
 
En el momento en el que el asunto entra en el tribunal, que el inocente se dé por dolido.
 
Reflotando el hilo
Aprovecho para pedir una opinión profesional a los compañeros de profesión si tienen a bien ayudarme.

Hace un tiempo presente demanda (una demanda puramente instrumental dicho sea de paso) para el antiguo trabajador de un cliente que al finalizar su relación laboral no devolvió la contabilidad de la empresa, debiendo hacerlo por tenerla en su poder y por haber sido el controller financiero de la empresa en cuestión.

La cosa es que la otra parte ha contestado presentando la declinatoria de jurisdicción ya que yo argumenté que la competencia objetiva debía llevarse a cabo por la vía civil y no por la laboral, primero por no existir acción en lo laboral en tal sentido y segundo por tratarse de una obligación civil de dar y subsidiariamente de indemnizar a mi cliente en el caso haber perdido el demandado la contabilidad sin remedio.

Me argumentan en su escrito que debe de conocer la jurisdicción social por basarse el supuesto litigioso en el contrato de trabajo, aunque en el contrato no pone nada de “funciones contables”, la llevanza de la contabilidad se le encomendaba sin mas formalismos.

¿Que os parece? Conoceís algún supuesto jurisprudencial que me pueda resultar de ayuda?
Estoy harto de buscar jurisprudencia y solo encuentro una manola y humo por decirlo así.

Gracias de antemano

Lo peor es que nos condenen en costas…

Denuncia por apropiación indebida de documentos. Un cliente mío creo q tambien va a tener que presentar una contra su ex porque no le devuelve sus cosas ..documentos persnales etc.
 
Lo que son los juzgados penales es un submundo aparte , creo que es la jurisdicción donde lo que pone en los textos y lo que pasa en realidad más choca.

Hay una serie de normas no escritas como que ir a un juzgado penal a pedir indemnización es garantía de que absuelvan al susodicho (salvo peleas con lesiones donde ahí si que condenan a todo el que pasaba por ahí).

Hay unos cuantos casos paradigmáticos como robos en supermercados, gente que se iba sin pagar en la gasolinera etc etc que se han acabado despenalizando por la fuerza porque los absolvían a todos , en general para cosas de poca monta el malo es el que denuncia y no apechuga, la actitud de los jueces es "me colapsáis el juzgado con insensateces" y atizan a la víctima para desincentivar. Convertir en antieconómico el denunciar/demandar.

Luego las penas nunca entenderé porque si pones en el código penal " se castigará con pena de 12 a 36 meses al que robe con fuerza blablabla " luego tienes infinidad de gente con 30 antecedentes penales por robo en la calle si a la 2ª deberían de estar en prisión.

Y ya el tema más candente es el de las engañas ya sean convencionales o electrónicas, si alguien no te paga vía civil y si es insolvente te joroba, aquí es escandaloso como absuelven a la gente.

Entonces eso de ir de humilde... en otros tiempos que esto era un país serio lo mejor era ir agachando la cabeza, ahora los delincuentes habituales ya saben que no pasa nada y fuerzan la suspensión del juicio 4 veces, que si yo estoy malo, mi abogado se puso malo, el testigo no aparece (cómplice del acusado) , solicito cambiar de abogado que siento no me está defendiendo apropiadamente.... se ríen de todo y todos y al final a lo sumo cumplen unos mesecillos en prisión que se lo toman como la tasa por seguir haciendo de las suyas, saben de sobra que pueden seguir robando, engañando o lo que sea que al final los acaban soltando.

Obviamente es un negocio.

Antes cuando éramos un país serio no era un negocio. Hoy sí lo es.

Por eso mantienen a cientos de miles de ratillas que delinquen en las calles sin meterlos presos.

Porque todo eso justifica y genera un montón de negocio.

Desde muchísimas plazas de funcionario en juzgados, policías y demás, hasta bufetes de abogados pasando por empresas de seguridad privada, compañías de seguros, etc.
 
Obviamente es un negocio.

Antes cuando éramos un país serio no era un negocio. Hoy sí lo es.

Por eso mantienen a cientos de miles de ratillas que delinquen en las calles sin meterlos presos.

Porque todo eso justifica y genera un montón de negocio.

Desde muchísimas plazas de funcionario en juzgados, policías y demás, hasta bufetes de abogados pasando por empresas de seguridad privada, compañías de seguros, etc.
Un conocido mío que tiene una empresa de seguridad en Warcelona a abierto otra sede y se está forrando.
 
Reflotando el hilo
Aprovecho para pedir una opinión profesional a los compañeros de profesión si tienen a bien ayudarme.

Hace un tiempo presente demanda (una demanda puramente instrumental dicho sea de paso) para el antiguo trabajador de un cliente que al finalizar su relación laboral no devolvió la contabilidad de la empresa, debiendo hacerlo por tenerla en su poder y por haber sido el controller financiero de la empresa en cuestión.

La cosa es que la otra parte ha contestado presentando la declinatoria de jurisdicción ya que yo argumenté que la competencia objetiva debía llevarse a cabo por la vía civil y no por la laboral, primero por no existir acción en lo laboral en tal sentido y segundo por tratarse de una obligación civil de dar y subsidiariamente de indemnizar a mi cliente en el caso haber perdido el demandado la contabilidad sin remedio.

Me argumentan en su escrito que debe de conocer la jurisdicción social por basarse el supuesto litigioso en el contrato de trabajo, aunque en el contrato no pone nada de “funciones contables”, la llevanza de la contabilidad se le encomendaba sin mas formalismos.

¿Que os parece? Conoceís algún supuesto jurisprudencial que me pueda resultar de ayuda?
Estoy harto de buscar jurisprudencia y solo encuentro una manola y humo por decirlo así.

Gracias de antemano

Lo peor es que nos condenen en costas…

El dardo no va bien tirado

La competencia es de la jurisdicción civil. Sin perjuicio de que por via penal aprietan el pandero más.

En la jurisdicción social solo se pueden dirimir cuestiones estrictamente laborales que dimanen de un contrato de trabajo (artículo 2 LRJS)

La única vía de encajar esa competencia en el social sería que se hubiera articulado como motivo de despido o sanción, ahí la empresa si que podría defender que su actuar es correcto y reconvenir pidiendo su devolución.

Tratándose de cuestiones de propiedad o una reivindicatoria de cosa mueble, la jurisdicción correcta es la civil, pues el objeto de la pretensión nada tiene que ver con obligaciones laborales, e imagino que el contrato de trabajo tampoco impone esa obligación de devolver expresamente...

Agarrate a que ejercitas cuestiones de propiedad y una acción reivindicatoria
 
El dardo no va bien tirado

La competencia es de la jurisdicción civil. Sin perjuicio de que por via penal aprietan el pandero más.

En la jurisdicción social solo se pueden dirimir cuestiones estrictamente laborales que dimanen de un contrato de trabajo (artículo 2 LRJS)

La única vía de encajar esa competencia en el social sería que se hubiera articulado como motivo de despido o sanción, ahí la empresa si que podría defender que su actuar es correcto y reconvenir pidiendo su devolución.

Tratándose de cuestiones de propiedad o una reivindicatoria de cosa mueble, la jurisdicción correcta es la civil, pues el objeto de la pretensión nada tiene que ver con obligaciones laborales, e imagino que el contrato de trabajo tampoco impone esa obligación de devolver expresamente...

Agarrate a que ejercitas cuestiones de propiedad y una acción reivindicatoria
El dardo no va bien tirado

La competencia es de la jurisdicción civil. Sin perjuicio de que por via penal aprietan el pandero más.

En la jurisdicción social solo se pueden dirimir cuestiones estrictamente laborales que dimanen de un contrato de trabajo (artículo 2 LRJS)

La única vía de encajar esa competencia en el social sería que se hubiera articulado como motivo de despido o sanción, ahí la empresa si que podría defender que su actuar es correcto y reconvenir pidiendo su devolución.

Tratándose de cuestiones de propiedad o una reivindicatoria de cosa mueble, la jurisdicción correcta es la civil, pues el objeto de la pretensión nada tiene que ver con obligaciones laborales, e imagino que el contrato de trabajo tampoco impone esa obligación de devolver expresamente...

Agarrate a que ejercitas cuestiones de propiedad y una acción reivindicatoria
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