Perdona pero si yo que estoy en los 35.200 y posiblemente este año con la subida de salario llegue a los 36.000, la subida de 800 euros va al 37% de retención. Vamos que el sueldo no me lo han subido en neto ni 40 euros al mes.
Y el tipo medio se recalcula, que al ser solo 800 euros al año más de ingresos no sube tanto. Pero ese tramo de mejora si que va al 37%.
El número que te sale al final es correcto, pero por un motivo distinto del que crees, y la diferencia importa porque cambia lo que te conviene reclamar.
Los 35.200 del cuarto tramo no son sueldo bruto, son base liquidable general. Entre una cosa y la otra hay un trecho: al bruto le quitas la cotización a la Seguridad Social, que este año es el 6,35% más el 0,15% del MEI, y le quitas los 2.000 euros de otros gastos deducibles del artículo 19 de la Ley del IRPF. Con 35.200 brutos eso deja una base liquidable de unos 30.900. O sea que no estás en el 37%, estás en el tramo del 30%, y te faltan casi 4.000 euros de bruto para asomarte al siguiente. Para que la base liquidable llegue a 35.200 hay que cobrar del orden de 39.800.
Segunda cosa: la retención no funciona por tramos. La empresa no te aplica un 37% al último trozo. Calcula un único porcentaje medio para toda la nómina con el algoritmo de la Agencia Tributaria y te lo aplica a todo. Cuando te suben el sueldo ese porcentaje medio se recalcula y sube un poco. El 37% no aparece por ningún sitio de tu nómina.
Y ahora la parte en la que sí tienes razón, que es la aritmética. De esos 800 brutos, 52 se van en cotización, y de los 748 que quedan el 30% son 224. Te quedan 524 al año. Si cobras en catorce pagas son 37,40 por paga. Justo lo que dices, ni 40 euros al mes.
Pero mira lo que eso significa. Sin ningún impuesto serían 57 euros. Hacienda convierte 57 en 37. Lo que hace pequeña la subida no es el tramo, es que 800 euros son un 2,3% de tu sueldo, y el 2,3% de un sueldo es poco dinero con cualquier sistema fiscal. Aunque estuvieras de verdad en el 37% te quedarían 471 en vez de 524, unos 34 por paga. Cuatro euros de diferencia.
Donde tienes el argumento bueno es en otro lado. Si esos 800 son la actualización del IPC, tu poder adquisitivo es exactamente el mismo que el año pasado y en cambio tu tipo medio ha subido, porque los umbrales de la escala estatal llevan sin tocarse desde enero de 2021 y tu sueldo nominal sí se mueve. Eso es una subida de impuestos que nadie ha tenido que votar. Ese reproche se sostiene entero y además no depende de en qué tramo estés.