¿Es normal los requisitos que los caseros están pidiendo a los inquilinos para poder acceder al alquiler de una vivienda?

  • Autor del tema Autor del tema Karlb
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Mientras menos seguridad de cobrar tenga un casero, más trabas y requisitos se van a pedir.

Si saliera una ley que al mes de impago del alquiler se pudiera echar a un inquilino y en caso de okupar se le echase fuera con una llamada a la policia, al dia siguiente tendriamos el triple o el quadruple de pisos en alquiler y por tanto a mejor precio por la competencia que habria entre caseros.

Pero como no es asi, nadie quiere alquilar su piso, y quien lo alquila, se asegura bien de evitar problemas.
quienes quieren alquilar barato pero piden proteger a okupas y jetas se están tirando piedras a sí mismos y en muchos casos ni siquiera se dan cuenta!
 
Sin embargo es la excusita de los de siempre cuando alguien menciona la constitución...

Y bastaria con evitar que fuese un negocio tan fácil y lucrativo. Se empieza con la vivienda... y a saber donde se acaba...
si la vivienda no es negocio, quién la va a construir para alquilártela?

Es el Estado quien debería construir vivienda pública en vez de malgastarlo en chorradas y latrocinios. Pero claro, eso es de Franco, de reaccionarios.

Al político zurdo le interesa más exprimir a impuestos que hacerse promotor y asumir riesgos y costes. Mucho más fácil y lucrativo es cobrar ricas mordidas impositivas. No vaya a ser que le pase como a la PSV Caso PSV - Wikipedia, la enciclopedia libre
 
La pregunta del hilo tiene dos dentro y se están mezclando. Una es si eso es habitual, y ahí no hay discusión: lo es. La otra es si es legal, y esa sí se puede comprobar. La respuesta es que parte de lo que usted enumera es legal, parte no lo es, y hay una cosa de su lista que directamente no existe. Voy por orden, con artículos, para que cualquiera pueda mirarlo.

1. Los meses. Aquí hay un tope y casi nadie lo sabe.

  • Artículo 36.1 de la LAU: en vivienda, la fianza obligatoria es una mensualidad. Ni dos ni tres. Eso es fianza en sentido estricto.
  • Artículo 36.5, metido por el Real Decreto-ley 7/2019: además de la fianza se puede pactar una garantía adicional, pero en contratos de hasta cinco años (siete si el casero es persona jurídica) no puede pasar de dos mensualidades.

O sea, el techo legal son tres mensualidades en total: una de fianza más dos de garantía adicional. De la cuarta en adelante, el contrato es nulo en esa parte.

Y esto le da y le quita la razón a @Lian a la vez. Tiene razón en que pedir más de un mes de fianza no encaja con la ley, pero no en que eso lo haga ilegal sin más: hasta dos meses extra son legales si van como garantía adicional, que es como los ponen los contratos bien redactados.

2. Y ahora el detalle que le importa a @Tontuflas.

Usted cuenta que le pidieron nóminas, vida laboral, seguro de impago, contrato y tres meses de fianza.

Esos tres meses ya están justo en el techo. Y el seguro de impago, cuando lo paga el inquilino, se considera una garantía adicional más. Si usted lo pagó de su bolsillo, el conjunto se sale del tope del artículo 36.5.

Se lo digo con la cautela debida: lo del seguro es la lectura habitual de los que escriben sobre esto, no una sentencia que yo pueda citarle. Los tres meses sí son literales.

3. Y ahora lo mejor del hilo, porque le corrige a usted, @Karlb, y a favor del inquilino.

Escribió "contratos mínimos de 2 años" como si fuera un abuso. Es al revés: eso no significa nada.

Artículo 9 de la LAU: si la duración pactada es menor de cinco años, al llegar el vencimiento el contrato se prorroga obligatoriamente por años hasta llegar a los cinco. Siete si el arrendador es una sociedad. Y la prórroga es a voluntad del inquilino: el casero no puede negarse salvo el supuesto tasado de necesitarla para sí o para un familiar de primer grado, avisándolo en el contrato.

Traducido: si a usted le ponen delante un contrato de dos años, usted tiene cinco si los quiere. La cifra escrita es un suelo para el casero, no un techo para usted.

Y en zona tensionada hay además prórrogas extraordinarias por encima de eso, de un año y luego anuales hasta tres más.

Esto no es una sutileza: hay gente haciendo la maleta a los dos años convencida de que se le acabó el contrato. No se le ha acabado.

4. El seguro de impago y la comisión de la agencia, que es donde discuten @Karlb y @Ecce Cecilio.

Aquí los dos aciertan en una mitad.

La comisión de la inmobiliaria no admite discusión. El artículo 20.1 de la LAU, tras la Ley 12/2023, dice que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato son a cargo del arrendador. Punto. Al inquilino no se le puede cobrar la comisión de la agencia, y quien la esté pagando la está pagando sin base legal.

El seguro de impago es otra cosa y por eso discuten. Es un seguro que cubre al casero, en el que el asegurado es él. @Ecce Cecilio tiene razón en que lo natural y lo habitual es que lo pague el dueño. @Karlb tiene razón en que se le repercute al inquilino más de lo que debería. Y la ley resuelve el empate por el lado que nadie ha mencionado: si se lo cobran a usted, consume tope del artículo 36.5. No es que esté prohibido, es que ocupa sitio.

5. Y lo de @Bimb0, que preguntaba por el porcentaje del sueldo.

No existe ese límite legal. Ningún artículo prohíbe firmar un alquiler que se lleve el 60% de su nómina.

El número que usted recuerda es real pero es otra cosa: el 40% es el umbral de Eurostat para contar a un hogar como sobrecargado por el coste de la vivienda, medido sobre la renta disponible. Es un indicador estadístico, no una norma. Y el 30% del que habla @Tontuflas es una convención de prudencia financiera, de las que usan los bancos, tampoco una ley.

Resumiendo, para el que solo quiera lo práctico:

  1. Tres mensualidades es el máximo. Una de fianza, dos de garantía adicional.
  2. La comisión de la agencia la paga el casero desde 2023.
  3. Un contrato de dos años son cinco si usted quiere, y siete si el casero es una empresa.
  4. Lo de exigir 2.500 euros de ingresos, nóminas, vida laboral o avalista sí es legal. Un casero puede elegir a quien quiera y ahí no hay nada que rascar. Eso es lo caro del mercado, no lo ilegal.

O sea que la mitad de su queja es contra el mercado y la otra mitad es contra cláusulas que no se sostienen si alguien las mira. Y casi nunca las mira nadie, que es justo el problema.

Muchas de esas regulaciones son absurdas porque hecha la ley hecha la trampa...

que la comisión de la agencia la ha de pagar el arrendador?
se repercute en la renta mensual a cobrar (1,6% más)

que el seguro de impago es cosa del arrendador?
se repercute en la renta mensual a cobrar (3 - 5% más)

que el Gobierno congela las subidas de IPC?
preventivamente se repercute en la renta mensual a cobrar en el contrato
p.ej. para un contrato de 5 años con subidas IPC esperadas a partir del segundo año del 3% cada año, se repercute un 6,18% en la renta del contrato
 
Los precios siempre son normales porque responden a la situación de mercado. Aunque los políticos y mucha gente odien al mercado y lo intenten regular, el mercado siempre está ahí y se impondrá, no es posible lo contrario.

La situación actual es de escasa oferta y demanda disparada, agravado por políticas de regulación que transmiten inseguridad a los arrendadores y esta inseguridad se transmite al precio.

El siguiente paso por parte de los políticos será topar los precios, beneficiarás a un inquilino potencial pero perjudicarás a los otros 100 que estaban en la cola y que se quedarán sin alquilar. Esto llevará a que por la puerta de atrás en un mercado paralelo se oferten los alquileres por su precio de mercado real.

A los políticos les gusta mucho Viena por su parque enorme de vivienda pública. Lo que no cuentan es que hay dos mercados, el de vivienda pública a precios relativamente bajos debido a su escaso mantenimiento y rehabilitación, y el mercado privado al que tienes que acudir si no puedes acceder al de vivienda pública.

El caso de Espana no es comparable porque el Estado no construye ni a a construir nada aunque así lo venden, pues la sociedad estatal que ha creado para eso apenas tiene presupuesto.

No hay solución a medio plazo, salvo que se vaya la gente a paladas de Espania, lo que no parece que vaya suceder.
Para solucionar no hace falta que la gente se vaya a paladas, con que se termine el ciclo de "bonanza" económica eso afectará al precio rápido y eso también afecta a la evolución de la población, recordemos que a partir de 2009 tuvimos prácticamente una decada con la población estancada

https://www.20minutos.es/noticia/49...a-esa época en el 2020 de la que yo le hablo/
 
si la vivienda no es negocio, quién la va a construir para alquilártela?

Es el Estado quien debería construir vivienda pública en vez de malgastarlo en chorradas y latrocinios. Pero claro, eso es de Franco, de reaccionarios.

Al político zurdo le interesa más exprimir a impuestos que hacerse promotor y asumir riesgos y costes. Mucho más fácil y lucrativo es cobrar ricas mordidas impositivas. No vaya a ser que le pase como a la PSV Caso PSV - Wikipedia, la enciclopedia libre
El Estado no tiene que sustituir al mercado. Solo tiene que crear un colchón de oferta estable que impida que el mercado se dispare. Es exactamente lo que hacen países democráticos como Austria, Holanda, Dinamarca... Y todos ellos tienen mercado privado funcionando perfectamente.
La vivienda pública no elimina el negocio privado:
lo disciplina.
La vivienda siempre fue negocio, y debe seguir siéndolo. Lo que no debe ser es un negocio sin frenos. Antes el negocio estaba acotado por vivienda protegida, suelo público, alquiler social y regulación urbanística. Hoy el negocio es el mismo, pero sin límites, y por eso aparecen los disparates. El Estado no tiene que regalar casas: tiene que construir parque público suficiente para que el mercado privado no se convierta en especulación. Eso es exactamente lo que ordena el art. 47 CE.
Y obviamente son los políticos los responsables, zurdos y diestros. Porque la pasta no mira el tonalidad del carnet.
 
El Estado no tiene que sustituir al mercado. Solo tiene que crear un colchón de oferta estable que impida que el mercado se dispare. Es exactamente lo que hacen países democráticos como Austria, Holanda, Dinamarca... Y todos ellos tienen mercado privado funcionando perfectamente.
La vivienda pública no elimina el negocio privado:
lo disciplina.
La vivienda siempre fue negocio, y debe seguir siéndolo. Lo que no debe ser es un negocio sin frenos. Antes el negocio estaba acotado por vivienda protegida, suelo público, alquiler social y regulación urbanística. Hoy el negocio es el mismo, pero sin límites, y por eso aparecen los disparates. El Estado no tiene que regalar casas: tiene que construir parque público suficiente para que el mercado privado no se convierta en especulación. Eso es exactamente lo que ordena el art. 47 CE.
Y obviamente son los políticos los responsables, zurdos y diestros. Porque la pasta no mira el tonalidad del carnet.

Lo malo esa aproximación en el caso de España es que gestionar un parque de viviendas es complicado y la deriva ideológica de la clase política española - tanto derecha como izquierda - hace que sea imposible a efectos prácticos.

En el negocio inmobiliario yankee hay una máxima que señala que la vivienda consiste en tres cosas: "Location, location and location." La vivienda es la construcción y su ubicación. Y el término "ubicación" incluye cuestiones como proximidad a lugares donde haya trabajo o vecindario.

Si en un vecindario se mete a [..] conflictiva, esto es, a [..], el vecindario se va a la [..] en pocos días. En donde yo vivo, en el escaso parque de vivienda pública existente hay casos de sobra como los antes mencionados. El resultado es que la demanda de ese parque de vivienda pública es escaso debido a que te puede tocar la desgracia de tener que soportar a vecinos de ese tipo.
 
El Estado no tiene que sustituir al mercado. Solo tiene que crear un colchón de oferta estable que impida que el mercado se dispare. Es exactamente lo que hacen países democráticos como Austria, Holanda, Dinamarca... Y todos ellos tienen mercado privado funcionando perfectamente.
La vivienda pública no elimina el negocio privado:
lo disciplina.
La vivienda siempre fue negocio, y debe seguir siéndolo. Lo que no debe ser es un negocio sin frenos. Antes el negocio estaba acotado por vivienda protegida, suelo público, alquiler social y regulación urbanística. Hoy el negocio es el mismo, pero sin límites, y por eso aparecen los disparates. El Estado no tiene que regalar casas: tiene que construir parque público suficiente para que el mercado privado no se convierta en especulación. Eso es exactamente lo que ordena el art. 47 CE.
Y obviamente son los políticos los responsables, zurdos y diestros. Porque la pasta no mira el tonalidad del carnet.
El Estado español no tiene capacidad para crear el colchón que se necesita en la actualidad. Tiene capacidad pero no voluntad de regular la demanda estableciendo criterios restrictivos en las fronteras y expulsando a todo forastero que no aporte de forma neta a la economía. Es más rápido que construir pisos que se tardan mínimo 2-4 años, y el coste es mucho más barato. Los costes de construcción a día de hoy son elevados.
No hay que olvidar que este problema lo causa el exceso de demanda. Recibimos más de un millón de forasteros al año que se quedan a residir según fuentes oficiales, más todos los que no contabilizan las fuentes oficiales.
 

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