De baja por el hígado, 7,5 km de cañas: el despido que dos tribunales avalan
Una trabajadora del sector textil pidió la incapacidad temporal por problemas hepáticos, se sometió a una intervención de varices y, durante más de un año de baja, un detective privado contratado por su empresa la grabó tomando cervezas en una ruta de bares que sumó 7,5 kilómetros. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado el despido procedente, después de que el Juzgado de lo Social de Móstoles desestimara su demanda. La defensa alegó que la conducta no era grave; los magistrados respondieron que las actividades retrasaban la curación y no eran acordes a la baja.
El caso arranca en 2023. La mujer llevaba cinco años en la empresa desempeñando labores de ventas, selección de personal y organización de horarios. Tras la operación de varices, los médicos le recomendaron paseos cortos y frecuentes, reposo y una dieta específica. Según el informe del detective, a las 11:29 se sentó en una terraza y tomó una cerveza con alcohol; a las 13:09, en un bar, dos botellines; a las 13:33, en otro local, tres más. El recorrido total: 7,5 kilómetros.
Qué dice la sentencia sobre la baja por problemas hepáticos
El tribunal no entra a valorar si el alcohol causó o agravó la patología hepática. Lo que considera acreditado es que la trabajadora realizó durante la incapacidad temporal actividades que retrasaban la curación y no encajaban con la situación de baja. Ese es el eje del despido procedente: no la enfermedad, sino la incompatibilidad entre lo que se declara y lo que se hace.
Hay una corriente de análisis que sostiene que el problema no es el consumo en sí, sino la contradicción. Tres o cuatro cervezas no convierten a nadie en enfermo hepático, y los problemas de hígado pueden venir de virus, enfermedades autoinmunes, genética, cáncer, metabolismo o medicamentos. El matiz importa: lo que la empresa acreditó no fue una recaída, fue una actividad física y social incompatible con el reposo prescrito.
El detective privado y la prueba que sostiene el despido
La empresa contrató a un detective que documentó la rutina de la trabajadora. El informe detalla horarios, locales y consumiciones, y cuantifica el recorrido en 7,5 kilómetros. Esa acumulación de datos es lo que convierte una sospecha en prueba judicial. Sin el informe, el despido habría quedado en el aire.
La defensa intentó que la conducta no fuera considerada grave. Los magistrados rechazaron el argumento. La secuencia procesal fue completa: despido, demanda ante el Juzgado de lo Social de Móstoles, desestimación, recurso ante el TSJ de Madrid y confirmación. Dos instancias, mismo resultado.
Quién paga la baja y por qué se discute el coste
En el trasfondo del caso late una discusión económica que va más allá de esta trabajadora. Durante la incapacidad temporal, la empresa sigue cotizando por el empleado aunque no reciba su trabajo. Una parte del debate sostiene que ese coste recae sobre la empresa y luego sobre la Seguridad Social, y que el sistema no distingue entre el que se recupera y el que aprovecha la baja.
El cálculo completo, con la cotización patronal, la prestación y el gasto del detective, da una cifra que no aparece en la sentencia pero que explica por qué las empresas contratan investigadores. Hay quien defiende que el despido procedente es la única respuesta posible; hay quien recuerda que la mayoría de las bajas son legítimas y que estos casos les hacen un flaco favor a quienes realmente las necesitan.
El debate sobre las bajas: fraude real y sospecha generalizada
El caso ha reabierto la discusión sobre el uso de las bajas médicas en España. Una parte del análisis señala que el fraude existe y que en el sector público es más difícil de detectar porque no hay un empresario privado que contrate detectives. Otra parte recuerda que generalizar a partir de un caso es injusto y que la mayoría de los trabajadores de baja lo están de verdad.
La línea que separa el fraude del derecho a la baja es fina y se dirime en los tribunales. Aquí, la prueba del detective fue determinante. Sin ella, la trabajadora habría conservado su puesto. Con ella, dos tribunales han dicho que el despido fue procedente.
La sentencia no dice que el alcohol le destrozara el hígado. Dice que hizo 7,5 kilómetros de bares mientras estaba de baja por ese hígado. La diferencia entre una cosa y otra es la que ha decidido el caso.