EstudianteTesorero
Madmaxista
- Desde
- 17 Jun 2009
- Mensajes
- 4.577
- Fruta
- 6.523
Ayer me surgió una duda que no he encontrado resuelta en ningún hilo del foro:
Si me hago un talón nominativo a mi mismo, desde un banco español, y lo ingreso en mi propia cuenta de un banco de Andorra, Hacienda puede seguir el "rastro" de esta cuenta?
Posiblemente estoy diciendo una tontería, pero como es evidente que una transferencia delata automáticamente la cuenta destino, y como me comentaron que un talón nominativo puede pasar por la frontera superando el límite de los 10.000€ sin ser declarado...
... pues quizás, cuando el banco andorrano reclama el importe al banco español, es posible que no informe ni del nombre "nominativo" ni de la cuenta donde se ingresa. ¿es posible? 😕:
En caso afirmativo, un talón nominativo tendría las ventajas del efectivo pero la seguridad de una transferencia... 😛ienso:
Si me hago un talón nominativo a mi mismo, desde un banco español, y lo ingreso en mi propia cuenta de un banco de Andorra, Hacienda puede seguir el "rastro" de esta cuenta?
Posiblemente estoy diciendo una tontería, pero como es evidente que una transferencia delata automáticamente la cuenta destino, y como me comentaron que un talón nominativo puede pasar por la frontera superando el límite de los 10.000€ sin ser declarado...
... pues quizás, cuando el banco andorrano reclama el importe al banco español, es posible que no informe ni del nombre "nominativo" ni de la cuenta donde se ingresa. ¿es posible? 😕:
En caso afirmativo, un talón nominativo tendría las ventajas del efectivo pero la seguridad de una transferencia... 😛ienso: