Colección de ZASCAS del juez que vota por la absolución de 'la manada'

Tau Ceti

Himbersor
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Acabo de añadir esto al post inicial:

Lo que viene ahora es brutal. Revela el recorrido que hicieron mas sus posibles variantes y lo sospechoso del mismo, con el giro que realizaron hacia la calle Paulino Caballero (previo retroceso desde el hotel), donde se encuentra el portal. Desvío buscado por ella misma según alegó "porque empezaron a incomodarla por el camino" (sin embargo justo después empezó a besarse durante un buen rato con uno de ellos ¡!). Menciona también algunas de las irregularidades cometidas por la policía municipal/foral, en esta ocasión intentando encubrir que esa calle era la mas oscura y menos transitada (también hay otras actuaciones irregulares por parte de la p.foral en otros detalles de la investigación).


En cuanto al recorrido que seguidamente hicieron hasta acabar en el portal Nº 5 de la Calle Paulino Caballero no cabe dar por plenamente probado ninguno de los barajados como hipótesis posibles en el informe policial anteriormente citado.

No está probado en su totalidad cuál fuera el completo recorrido que acusados y denunciante hicieron aquella noche, pero sí puede afirmarse (con apoyo en las imágenes grabadas por las cámaras de seguridad que se visionaron en el plenario) que al nº 5 de la calle Paulino Caballero llegaron -cruzando la Avenida Roncesvalles desde la C/Cortes de Navarra, ya fuera subiendo por Carlos III y girando a la derecha, ya fuera tomando Cortes de Navarra desde la calle Duque de Ahumada y, en tal caso, no subiendo, sino atravesando la Avda. de Carlos III (recorridos ambos establecidos como posibles en el informe policial sobre recorridos que obra en los folios 1011 de autos y que fue ratificado y explicado en julio por el agente de Policía Foral NIP 0482). Resultó erróneo el recorrido consignado en la denuncia, respecto al que quedó aclarado que se debió a un error de interpretación por la agente nº 405 de lo que la denunciante le iba narrando.

Subsanado ese extremo, lo que ocurre es que la descripción que de su recorrido hizo la denunciante en juicio ("para mí, el recorrido fue recto y a la izquierda"; "o sea, el recorrido que yo recuerdo es una calle muy ancha, recta y luego a la izquierda"Se le preguntó: "¿Usted siempre recuerda haber ido por una calle muy ancha?" Y respondió: "Si, menos en el momento en el que giramos." Y en otro momento dijo: "O sea, para mí el recorrido era recto, hacia la izquierda hacia el hotel Leyre (sic), volver para atrás, para la calle grande, recto, girar hacia la izquierda porque giro hacia la izquierda porque yo empiezo a sentirme incómoda, entonces decido girar") tampoco se ajusta a los recorridos que la investigación reveló como probables pues, si caminaron por una avenida muy grande, esta no puede ser otra que Carlos III y el giro para tomar Cortes de Navarra necesariamente debió ser a la derecha y si el giro fue a la izquierda, es imposible que la calle por la que transitaban fuera una avenida muy grande.

No sorprende, sin embargo, que la testigo, que no conoce Pamplona, pueda desconocer o confundir nombres de calles o de hoteles o no recordar con exactitud qué calles recorrió; lo que sí sorprende son otros detalles que manifestó a este respecto en el plenario, rectificando también lo que anteriormente tenía declarado y con dudosa coherencia si se pone en relación con el conjunto de su declaración.

Al respecto cabe destacar que, si su firme intención era dirigirse al coche como reiteradamente afirma, no se entiende que desechara la calle Amaya que tenía a escasos pasos y en línea recta desde el Hotel Europa o que no subiera por Carlos III que sin duda es el camino natural al Soto de Lezkairu (y de todas las posibles, la calle más iluminada y más segura y, por más que se pretenda negar, la más transitada, considerando obviamente que son las 3 de la mañana), y, por el contrario, que tomara una dirección que jamás le habría llevado al Soto de Lezkairu, como ocurre con la calle Cortes de Navarra (perpendicular y no paralela a Carlos III), lo que no puede imputarse a error, pues ella misma afirmó que, pese a no conocer Pamplona, sí se orientaba con el camino para ir a su coche dado que, además de haberlo recorrido el día 6 de julio por la tarde, cuando dejaron el coche aparcado para acercarse al centro de la ciudad, lo volvieron a recorrer dos veces más aquella noche (de ida y de vuelta y sin concretar la ruta concreta que siguieron) cuando sobre las nueve de la noche se acercaron hasta el coche a cenar y coger alcohol que habían traído. Por si no fuera suficiente, reforzó este extremo indicando que además tenía su móvil para orientarse.

Pues bien, la calle Cortes de Navarra jamás le hubiera conducido al Soto de Lezkairu de no haberse producido el giro de 90 grados que los llevó a tomar la calle Paulino Caballero. Lo que sucede es que la denunciante, al manifestar que "Pues, o sea, pues vuelvo a decirlo, o sea, antes de... yo en mi cabeza decido girar hacia la izquierda para desviarme de ellos porque me han empezado a molestar sus actitudes (...)" y en otro momento "y entonces el chico con el que yo había estado todo el rato andando, pues como que me empezó a coger del hombro, de la cadera y tal y entonces como que yo me empecé a sentir un poco incómoda, la verdad. Entonces seguimos andando y ya hubo un momento en el que yo dije "girando hacia la izquierda se llega antes al coche", revela que ese giro de 90 grados va asociado a su deseo de perder de vista a los acusados que, no sabemos si todos en grupo (como afirmó en la denuncia que al día siguiente ratificó en el Juzgado y en alguna ocasión en el juicio) o solo uno de ellos (como señala en otro momento de su declaración en juicio), la estaban incomodando con su actitud y sobre todo, indica que era plenamente consciente de que la dirección que seguía antes de girar no la llevaba a su coche, de tal modo que, de no ser por esas molestias que refiere, nada indica que hubiera girado para subir por Paulino Caballero, lo que debilita la credibilidad de su afirmación de que no quería seguir la fiesta con los acusados sino solo ir al coche a dormir.

Por lo demás, sorprendió en el juicio la reticencia que mostraron algunos de los policías municipales que testificaron cuando se les preguntó acerca de la iluminación de la calle Paulino Caballero en comparación con Roncesvalles y Carlos III, cuando es público y notorio para cualquiera que viva en Pamplona que, de todas ellas, Paulino Caballero es, con diferencia, la más oscura y menos transitada de las tres, extremo que razonadamente fue destacado por las defensas; y habrá que convenir también con ellas en que no resulta coherente que si la denunciante tomó Paulino Caballero para perder de vista a los acusados, porque entendió "que era el camino más rápido al coche", a los pocos pasos cambie de propósito y pase de sentirse molesta por el chico que la acompañó durante todo el camino recorrido a pararse y se detenga para besarse con él; acción sobre la que, aunque llame la atención pues no ofreció ninguna explicación sobre tal cambio actitud, huelga realizar cualquier juicio de valor pues solo a ella le incumbe, pero sobre la que sí conviene destacar que, a tenor de lo que la propia denunciante manifestó, el beso se inició cuando la vecina está timbrando y aún continuaba cuando José Ángel Prenda, después de estar hablando con la vecina del portal, entrar solo y subir en uno de los ascensores hasta el segundo piso, esperar a no escuchar ningún ruido, y bajar por las escaleras, abrió la puerta de portal a todo el grupo diciéndoles "vamos, vamos", lo que hace razonable la sugerencia de las defensas de que no pretendían dirigirse al coche y que tampoco la hicieron sentir molesta en ninguna parte del trayecto.

El relato que, en el inicio del procedimiento hace la denunciante, dando a entender que fueron los acusados quienes ya desde el banco de la Plaza del Castillo marcaron el camino; que tres de ellos iban delante mientras ella iba detrás con otro, como si con ello se viera obligada a seguirlos y sin otra opción posible de actuación; que en grupo la acosaban e incomodaban; o, simplemente, el recorrido imposible que refiere recordar, se desbaratan cuando las imágenes de las cámaras de seguridad y el resultado de las investigaciones van incorporándose a la causa. Tanto las acusaciones como ahora la sentencia mayoritaria destacan como apoyo a la credibilidad de la denunciante el hecho de que se mantenga en que eran 4 los sevillanos que recuerda pese a la certeza de que son cinco. Pues bien, con tal argumento lo que no se entiende es que no den la relevancia contraria a que antes dijera que iban todos en grupo para sostener ahora que jamás caminaron agrupados o que dijera que ellos iban delante para sostener ahora lo contrario o sostuviera que los "cuatro" a la vez la incomodaron para rectificar ahora y decir que solo uno de ellos lo hizo.

Como tampoco cabe sostener como se hace en la sentencia mayoritaria, de nuevo mediante una suposición "contra reo", que esa falta de recuerdo sobre que eran cinco y no cuatro el grupo de sevillanos con los que se juntó esa noche, refuerce "la consideración de la intensidad del impacto emocional producido por la actuación de los procesados"; argumento meramente voluntarista y falto de toda lógica salvo que se sostenga, lo que obviamente no se hace, que ese "impacto emocional" que la llevó a no recordar cuántos chicos formaban parte de ese grupo lo hubiese sufrido ya desde un inicio al juntarse con ellos en la Plaza del Castillo. Mucho más razonable es entender, en mi opinión, que ese error carece de la menor relevancia y puede obedecer, simplemente, a que durante esa noche la denunciante estuvo con distintos grupos, a la forma en que fueron caminando por las distintas calles que recorrieron (yendo y viniendo unos y otros, salvo el que parece que la acompañó durante todo el recorrido, lo que hace razonable que en algún momento pudiera confundir entre sí a algunos de aquéllos), o, en fin, al efecto perturbador que en su memoria la ingesta de alcohol pudo provocar, y a la que en la sentencia de la que discrepo, como más adelante se analizará, se recurre para reforzar su convicción condenatoria respecto de la comisión de un delito de abusos sensuales con prevalimiento por el que condena a los cinco acusados.

Los que se acaban de reseñar solo son aspectos circunstanciales de su relato y que quizás, aisladamente considerados, carecerían de especial relevancia a la hora de valorar la persistencia, lógica y coherencia de la declaración que se analiza; sin embargo, considerados en su conjunto, suponen que, en todo aquello que ha podido constatarse a través de la prueba practicada, lo relatado en la denuncia judicialmente ratificada por la denunciante en cuanto a lo sucedido hasta llegar el portal nº 5 de la Calle Paulino Caballero resultó erróneo y ha sido objeto de rectificación en juicio y nuevamente encuentro fundado motivo para apartarme de lo que se mantiene en la sentencia mayoritaria pues no puedo compartir -como se dice en ella que "Estas manifestaciones de la denunciante, sobre la dirección que tomaron a su iniciativa se muestran a nuestro entender creíbles y verosímiles, es acorde con las reglas de la lógica y razonable, que una persona desconocedora de esta ciudad pero que había subido en dos ocasiones a la Plaza del Castillo procedente del Soto de Lezkairu y bajado en una, después de desviarse a la derecha para acceder desde la Avenida de Carlos III hasta la calle Cortes de Navarra, tomara la dirección hacia la izquierda, accediendo de este modo a la calle Paulino Caballero, que conduce al expresado Soto." Y mucho menos que haya "mantenido una versión precisa y coherente a lo largo de este proceso, con la rotundidad que apreciamos, en el acto juicio oral, en sentido de que fue la actitud de uno de los procesados lo que le molestó y por eso decidió tomar esa dirección al estimar que por ahí se llegaba al lugar donde estaba estacionado su vehículo".

Pero sin duda, donde se produce la más grave quiebra de la persistencia es en lo relativo a la entrada en el portal y lo sucedido dentro de él, algo que por otro lado constituye el contenido nuclear de la acción delictiva objeto de acusación y enjuiciamiento." (pags. 204-210)


Ahora viene ya toda la parte del portal...

pd. Estoy intentando suprimir páginas y párrafos para que el post del inicio no acabe siendo tan extremadamente largo, pero me está resultando difícil suprimir algunas partes porque practicamente casi todas las páginas del auto absolutorio son de lectura imprescindible.
 
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fayser

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7 Feb 2008
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Leyendo ese texto, veo un análisis pormenorizado de las pruebas, totalmente correcto, respetuoso y concienzudo. Análisis que quizá otro juez no comparta, pues pueda llegar a conclusiones distintas o valorarlas de diferente manera, pues el caso es muy complejo.

Pero lo que no entiendo es cómo la manada de feministas radicales puede leer eso y decir que ese tío es un me gusta la fruta, un tarado, y que hay que acabar con él.

Tendrían que meter en la guandoca a toda esa manada de hijas de fruta, porque no tienen otro nombre. No se puede permitir que a alguien que razona minuciosamente sus argumentos se le ataque de semejante manera, son ralea de la peor calaña.
 

Brigit

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14 Abr 2012
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Lo cierto es que los tres jueces decidieron que no hubo agresión, pero los que critican a este lo hacen porque en un párrafo dice cosas da repelúsntes ¿Ha afectado algo en eso a la sentencia?
 

Tau Ceti

Himbersor
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Dicen que dice, no lo digo yo. Me refiero a ese par de párrafos que andan por ahí circulando desde el minuto uno.
Y que se trata de una clara manipulación para intentar desprestigiarlo, pues tratan de sacar de contexto la expresión, dando a entender que el juez vé "jolgorio y regocijo" en lo ocurrido en el portal (¡algo escandaloso tratándose de una 'agresión/violación'!), cuando en realidad se está refiriendo a los rostros y actitud de ellos en su descripción de las imágenes:

"No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo alguno de violencia, fuerza, o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras (en las que me han resultado audibles) intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase. Sí de una desinhibición total y explícitos actos sensuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante"

Expresiones similares (y más llamativas) se emplean también en la sentencia condenatoria de los otros dos jueces cuando se refieren a 'ellos'.

Lo cierto es que el voto particular está correcta y minuciosamente bien escrito.
 

swing

Madmaxista
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Son las clásicas manipulaciones tergiversadoras de la prensa, The number of the beast.

"En concreto, en referencia al juez Ricardo González, que redactó un voto particular que insistía en que no había delito porque la víctima disfrutó"

Catalá abre otro frente político a Rajoy con el sorprendente apoyo del PSOE


Lo que dice el juez sobre "el disfrute"


La continua reiteración por la sala mayoritaria de su no
apreciación de “ningún signo en la denunciante que nos permita
valorar, bienestar, sosiego, comodidad, goce o disfrute en la situación”
no es sino un intento más de justificar aquello para lo que no se
encuentra otra razón válida pues no es la mayor o menor satisfacción
sensual de la mujer lo que determina el delito o la presencia, ausencia o
calidad de su consentimiento, ni la ausencia de goce ha de traducirse
necesariamente en presencia de sufrimiento imputable a otro. Una
relación sensual no puede calificarse como agresión o abuso en función
de si la mujer (o el hombre) la disfruta o no físicamente.
Es más, en
función de las circunstancias que concurran puede llegar a darse una
verdadera agresión sensual en la que, pese a todo, la mujer llegue a
experimentar “excitación” o “placer” meramente físico en algún
momento. No puedo entender qué se pretende poniendo tanto énfasis
en esa falta de goce o disfrute que dicen apreciar en la mujer cuando
ello no va acompañado de otros signos más relevantes que pudieran
revelar malestar.


Literalmente todo lo contrario.
 

swing

Madmaxista
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El presunto juez machista.


Finalmente, a mi juicio, no puede establecerse como “a priori”
que una joven con edad más cercana a los 19 que a los 18 años e
iniciada en las relaciones sensuales a los 16, no esté dotada de suficiente
madurez personal como para decidir, con la necesaria autonomía, las
relaciones sensuales que quiera mantener, por personalísimas razones
que solo le incumben a ella, mucho menos en una sociedad como la
actual en la que los individuos, con independencia de su sesso, han
alcanzado de hecho un considerable grado de libertad para
autodeterminarse sexualmente (En este sentido, STS núm. 1469/2005,
de 24 de noviembre, que, precisamente, revoca una condena por un
delito del art. 181.3 CP, y STS núm. 1004/2010, de 8 de noviembre
que sigue el mismo criterio). Y ello tanto si las referidas relaciones se
ajustan a lo convencional como si no. Lo que determina el delito no es
la naturaleza de la relación, el modo o lugar en que esta se desarrolle,
ni quiénes participen en ella; lo penalmente relevante es la falta de
consentimiento o el consentimiento viciado de quien la denuncia,
debida y suficientemente acreditado en juicio a través de los medios de
prueba regulados en nuestro Derecho y con la certeza que exige una
sentencia condenatoria previo el justo juicio que cumpla con todos los
parámetros constitucionalmente establecidos.
 

cruel e inhumano

Madmaxista
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¿Y el juez no puede defenderse de algún modo de todo este linchamiento? Por todas las burradas que se han dicho en los medios sobre él (insultos, mentiras, injurias, burlas...) podría poner miles de querellas y los dejaba secos a todos.
 

Enterao

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Está mal de la cabeza o le han sobornado. No dice nada malo de La Manada. Deberían inhabilitarlos inmediatamente
Más de un millón de firmas piden la inhabilitación del tribunal de La Manada
si, tiene paralogismos . argumenta con apariencia de logica lo que le parece a el. por eso ha llenado 250 paginas con estos rollos.. .deberian someterlo a un examen psiquiatrico sin tardar.es un caso tipico.

no quiero aventurar nada pero mi opinion es que tiene una tendencia esquizoide. quizas por abuso a sustancia estupefaciente. esta muy claro ademas.
 
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NCB

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A mi hay una cosa que me alucina, o sea, que la chavala primero les dijo que se iba para el coche, y cuando los tios se ofrecieron a acompañarla, va y resulta que por lo visto segun ellos la fueron convenciendo por el camino para ir a un portal a amar con todos a saco.

Vamos, no me jorobes. Que haya un juez, con una carrera universitaria, y una oposiciones aprobadas, que termine llegando poco menos que a esa conclusion, resulta inaudito.

La conclusion que saco yo es que una de dos, o a ese juez le falta un gran hervor o es un orate como un piano.
jorobar otro capillitas.

No tienes NI idea de lo jodida de la cabeza que está la juventud actual, y sobre todo ciertas niñatas.

Sólo hay que salir una noche por ambientes nocturnos donde corra el alcohol y las drojas. Lo de amar a cinco en un portal no es más que una muesca más en la pistola.
 

Tau Ceti

Himbersor
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¿Y el juez no puede defenderse de algún modo de todo este linchamiento? Por todas las burradas que se han dicho en los medios sobre él (insultos, mentiras, injurias, burlas...) podría poner miles de querellas y los dejaba secos a todos.
Buena parte de la culpa del linchamiento la tiene Catalá, el menestro de injusticia, que fué quien el lunes, a primera hora de la mañana, puso el foco para que las críticas sobre la 'sentencia de la manada' se personalizaran contra el juez.

Antes del lunes (ya habían pasado casi cuatro días desde que se publicó la sentencia) todos los femilobbies criticaban a los 'jueces' del caso y la sentencia en general, todavía no habían personalizado el ataque contra el juez a pesar de que algún medio ya tenía la artillería preparada y lo intentó el primer día. Sin embargo las 'protestas' derivaron hacia todo el proceso en general.

Fué a partir de las palabras de Catalá cuando la borregada empezó a atacar masiva y furibundamente al magistrado discrepante (se puede decir que 'Catalá señala y el femilobbie ataca'). Solo hay que comparar las pancartas que había por ejemplo en las manifas del sábado, y las que había en las manifas después del lunes con las fotos del juez en una diana tras las palabras del menestro cabestro (que encima ni se había leído la sentencia).
 

Enterao

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no ,por ejmplo no es de recibo que el Sr. juez diga esto :

Así, cuando se le pregunta si era cierta la afirmación de que, en un determinado momento de esa conversación, José Ángel Prenda le dijo "yo no soy un sevillano normal, yo soy cinturón oscuro comiendo shishis", llama la atención que su respuesta no hubiese sido un "si" o un "no", sino un "No, no lo recuerdo, lo siento", dado el carácter tan soez y grosero de la expresión, siendo difícilmente creíble que, de haber sido escuchada, no se recuerde o, en caso negativo, se tengan dudas al respecto.

este tio es o estulto o loco o esta comprado es obvio .. que cjnes tendra que ver que recuerde si el rellenito ese de hez dijera eso o no... segun el no lo pudo olvidar y miente..flipante que no se le caiga la cara de vergunza llenar 250 folios con estas sencilladas..

aqui hay una patologia clara en este hombre..
 

NCB

Siempre igual, Siempre distinto
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no ,por ejmplo no es de recibo que el Sr. juez diga esto :




este tio es o estulto o loco o esta comprado es obvio .. que cjnes tendra que ver que recuerde si el rellenito ese de hez dijera eso o no... segun el no lo pudo olvidar y miente..flipante que no se le caiga la cara de vergunza llenar 250 folios con estas sencilladas..

aqui hay una patologia clara en este hombre..
Pero a ti qué cachopo te pasa en la cabeza.

Te dice una tía que acabas de conocer que es cinturón oscuro comiendo platanos, y tu te olvidas al día siguiente??

Vamos no me jorobes, háztelo mirar.
 

Enterao

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Pero a ti qué cachopo te pasa en la cabeza.

Te dice una tía que acabas de conocer que es cinturón oscuro comiendo platanos, y tu te olvidas al día siguiente??

Vamos no me jorobes, háztelo mirar.
no . es que es irrelevante para el caso que lo dijra el rellenito, que lo olvidara la otra , que mintiera incluso ,o que mintiera el rellenito... es absurdo e irrelevante.. ademas habian bebido , despues paso lo que paso , es normal olvidar cosas en estas circunstancias....pero es que es futil para los hechos juzgados estas trivialidades...este hombre esta enfermo no atiende a lo esencial...normal que lo hayan expdientado ya 4 veces por demoras.

y el video no sera tan evidente cuando ha llenado 250 paginas asi con estas trivialidades.. ¿que quiere demostrar que la chica miente a veces ..ok miente ..como todos mentimos a veces y ? con eso que ? sera perjura pero eso no exculpa a la manada.. es que es absurdo todo...
 
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