Efectivamente. Pero si se puede probar su condición de privativo (lo que no es tan difícil, documentalmente) entones, privativo será...
Casarse en gananciales es una imprudencia evitable. No tiene ninguna ventaja, y sí en cambio múltiples complicaciones potenciales. En torno a estas cosas, me suelo acordar de la hermana de una amiga mía, que se casó, en Madrid, en separación de bienes, haciendo el trámite correspondiente... Los familiares y amigos se extrañaron muchísimo, porque ninguno de los dos tenía un duro, pero eran unos novios muy prudentes...
Novios inteligentes.
En este país nos quieren ignorantes fiscales y económicos.
En mi caso particular estoy casado en gananciales y lo hice así porque no tenía ni fruta idea, y eso que se supone que pasé por la universidad (aunque la universidad no pasara por mi). No lo he cambiado porque tenemos la casa pagada, tenemos el mismo trabajo en la administración publica y también los mismos ingresos. Todo es de los dos y ninguno de los dos vamos a heredar (es mas, alguno tendrá que renunciar a la herencia de sus padres por aquello de deudas). Digamos que nuestra "ignorancia" no nos ha perjudicado mucho. En nuestra taifa es así y nadie se ocupa de explicarte que significa y que opciones hay. Y yo no nací "sabio".
Sin embargo, tengo un caso cercano donde el ganancial ha sido su gloria en vida. Se casó en ese régimen jurídico con una bigotuda de las conocidas como NINI (ni estudió, ni trabajó, ni estudia, ni trabaja, ni estudiará, ni trabajará, ni en A, ni en B), pensando que el amol era para tola la vida.
Tras el casamiento, adquirió propiedad bajo hipoteca. Mucho tiempo después vino su descendiente. Y mucho tiempo después un divorcio con Jenaro de por medio.
Ella se queda en la casa y es propietaria del 50% de lo pagado hasta el día del divorcio, aunque no haya pagado un céntimo. El, en la calle y con una deuda que si no paga le supondría el embargo de su nomina. Con la Jenaro llegó el ELbichito y ella aprovechó para que no viera a su descendiente. A todas las puertas que llamaba les seguía un "no podemos hacer nada, usted tiene Jenaro" (sin juicio aún).
La distancia y la alienación parental (negada por todas las narcobigotudas) hicieron el resto. Su descendiente no se quiere relacionar con el padre (ni con los tíos, ni con los abuelos, ni con los primos...cuando hasta ese día la relación era continua y diaria. Como dijo la abogada del acusado en juicio "pareciera que toda la familia de mi cliente fuera la de la matanza de Texas".
Pasan los meses y los años, hasta que un juez le dice: "Sin restar nada al derecho que le asiste de poder confraternar con su descendiente, siento decirle que con la edad actual de su descendiente, yo no puedo obligar a las visitas si el menor no quiere" (Todo se respaldado con informes psicológicos hechos por La Fundación de La muyer en que se expone que el forzar al menor a ver a su padre puede ser perjudicial y que dada ya la edad del menor, no es conveniente forzar).
La "narcobigotuda" no paga nada y se niega a liquidar la sociedad de gananciales. No tiene nada que perder pues es insolvente. Cada año que pasa sin liquidar la sociedad de gananciales el porcentaje del piso es mas del acusado, pero en la practica es lo mismo pues ella no piensa moverse de allí y el día que lo haga, el acusado tendrá que darle el 50% de lo pagado hasta el día del divorcio (momento en que se extingue la sociedad de gananciales. No confundir extinguir con liquidar)
El "acusado-torturado" por las leyes que nos hemos dado se debe de hacer cargo de los gastos de la casa si no quiere ser embargado y no tener ni para comer.
La justicia no ha hecho nada por el comportamiento de la narcobigotuda. El ya no tiene ánimos ni dinero para continuar la Cruzada.
Es un caso claro, para explicar en todas las guarderías, de la diferencia entre casarse en gananciales o en separación de bienes.