Varapalo para la DGT y su baliza V16. España no comunicó la norma a Europa y ahora podría tumbarla

Chapapote1

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Varapalo para la DGT y su baliza V16. España no comunicó la norma a Europa y ahora podría tumbarla
El pasado 1 de enero de 2026 los triángulos de emergencia dejaron de estar permitidos en España y han sido sustituidos por la baliza V16 conectada de la DGT. El cambio, que supone una modificación profunda en la forma de señalizar una avería o un accidente en carretera, ahora se enfrenta a un inesperado frente europeo.

La Comisión Europea ha confirmado que el Gobierno español no notificó a Bruselas la normativa que establece la obligatoriedad de este dispositivo, lo que podría tener consecuencias jurídicas relevantes e incluso abrir la puerta a cuestionar su aplicación.

La polémica parte de una respuesta parlamentaria a una pregunta formulada por la vicepresidenta del grupo del Partido Popular Europeo (PPE), Dolors Montserrat. En ella, el vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, Stéphane Séjourné, afirma que los reales decretos españoles que regulan la baliza V16 “no han sido notificados con arreglo al procedimiento de la Directiva (UE) 2015/1535”.

Europa cuestiona la legalidad de las balizas V16​

Esta directiva obliga a los Estados miembro a comunicar a la Comisión cualquier proyecto de reglamento técnico antes de su adopción, con el objetivo de prevenir obstáculos al mercado interior y garantizar su compatibilidad con el Derecho de la Unión.

Según la propia respuesta, si un Estado no cumple con la obligación de notificación, la Comisión puede iniciar un procedimiento formal de infracción con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Además, recuerda que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los órganos jurisdiccionales nacionales deben abstenerse de aplicar reglamentos técnicos que no hayan sido notificados conforme a la citada directiva. En otras palabras, la falta de notificación podría derivar en que los tribunales españoles se vieran obligados a no aplicar la norma.

Para entender el alcance de esta situación conviene recordar qué implica la obligación de usar la baliza V16 como elemento de preseñalización. Este dispositivo luminoso de emergencia sustituye a los tradicionales triángulos y está diseñado para advertir de la presencia de un vehículo detenido por avería o accidente sin que el conductor tenga que abandonar el coche, reduciendo así el riesgo de atropello.

En caso de incidente, el conductor debe activarla y colocarla preferentemente sobre el techo del vehículo, donde queda fijada mediante una base imantada. La baliza emite una luz intermitente amarilla de alta intensidad visible en 360 grados, lo que facilita su detección incluso en condiciones de baja visibilidad, de noche o con meteorología adversa.

Pero la gran novedad respecto a los antiguos triángulos es su conectividad. Al activarse, la V16 se conecta automáticamente a la plataforma DGT 3.0 y envía la geolocalización exacta del vehículo. Esa información permite a la Dirección General de Tráfico difundir avisos a través de paneles de mensaje variable en carretera, sistemas de navegación y aplicaciones de tráfico, de modo que otros conductores pueden recibir una alerta antes incluso de tener contacto visual con el vehículo detenido.

La normativa española fija además requisitos técnicos muy concretos. Las balizas deben asegurar un funcionamiento continuo durante al menos 30 minutos, ser resistentes a lluvia, viento y temperaturas extremas; contar con una batería con una vida útil mínima de 18 meses y garantía de conectividad durante al menos 12 años sin coste para el usuario.

Bruselas podría tumbar el nuevo dispositivo de preseñalización de la DGT​

Asimismo, las balizas deben haber superado un proceso de homologación por parte de la DGT, que certifica su conformidad con el Reglamento General de Vehículos. Toda baliza que no cuente con esta homologación no se podrá utilizar en la carretera. De hacerlo, el usuario se expone a una posible multa de tráfico amparada por la normativa en vigor.

Y es precisamente esa imposición de requisitos técnicos específicos a nivel nacional lo que Bruselas pone bajo la lupa. La Comisión recuerda que el uso de dispositivos de señalización de peligro no está armonizado a nivel de la Unión Europea y que, en principio, se aplican las normas nacionales de tráfico.

Sin embargo, advierte de que la imposición de requisitos técnicos concretos puede constituir una medida de efecto equivalente a una restricción del comercio en el mercado interior, algo que las autoridades españolas tendrían que justificar conforme al Derecho de la Unión. Desde el PPE se habla ya de “enorme inseguridad jurídica” para millones de conductores y para el conjunto del sector.

Dolors Montserrat ha subrayado que cuando un Gobierno impone un dispositivo obligatorio con requisitos técnicos específicos y no cumple los procedimientos europeos, pone en riesgo la seguridad jurídica, la libre competencia y la confianza en las instituciones. Además, reclama al Ejecutivo que aclare de inmediato la situación y garantice el pleno respeto al Derecho de la Unión.
 

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Como muy bien dicen por arriba del hilo le da igual lo que digan en Europa. Si la tumban en la UE ¿qué consecuencias va a haber?
- Los mejores amigos ya han obtenido beneficios con la venta.
- Las comisiones para los intermediarios de los anteriores estarán puntualmente repartidas.
- En el peor de los casos, si hay sanciones, demandas y condenas ¿de dónde sale el dinero? ¿del patrimonio personal de los que aprobaron semejante medida? Para nada, responsabilidad de la administración. ¿Y el dinero de la administración quién lo pone?
- Vía libre para aprobar otro mecanismo, por nuestro bien, eso sí, y vuelta a empezar.
En resumen, pase lo que pase, como siempre, los de arriba solo pueden ganar y los de abajo perder y pagar.
 
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Varapalo para la DGT y su baliza V16. España no comunicó la norma a Europa y ahora podría tumbarla
El pasado 1 de enero de 2026 los triángulos de emergencia dejaron de estar permitidos en España y han sido sustituidos por la baliza V16 conectada de la DGT. El cambio, que supone una modificación profunda en la forma de señalizar una avería o un accidente en carretera, ahora se enfrenta a un inesperado frente europeo.

La Comisión Europea ha confirmado que el Gobierno español no notificó a Bruselas la normativa que establece la obligatoriedad de este dispositivo, lo que podría tener consecuencias jurídicas relevantes e incluso abrir la puerta a cuestionar su aplicación.

La polémica parte de una respuesta parlamentaria a una pregunta formulada por la vicepresidenta del grupo del Partido Popular Europeo (PPE), Dolors Montserrat. En ella, el vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, Stéphane Séjourné, afirma que los reales decretos españoles que regulan la baliza V16 “no han sido notificados con arreglo al procedimiento de la Directiva (UE) 2015/1535”.

Europa cuestiona la legalidad de las balizas V16​

Esta directiva obliga a los Estados miembro a comunicar a la Comisión cualquier proyecto de reglamento técnico antes de su adopción, con el objetivo de prevenir obstáculos al mercado interior y garantizar su compatibilidad con el Derecho de la Unión.

Según la propia respuesta, si un Estado no cumple con la obligación de notificación, la Comisión puede iniciar un procedimiento formal de infracción con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Además, recuerda que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los órganos jurisdiccionales nacionales deben abstenerse de aplicar reglamentos técnicos que no hayan sido notificados conforme a la citada directiva. En otras palabras, la falta de notificación podría derivar en que los tribunales españoles se vieran obligados a no aplicar la norma.

Para entender el alcance de esta situación conviene recordar qué implica la obligación de usar la baliza V16 como elemento de preseñalización. Este dispositivo luminoso de emergencia sustituye a los tradicionales triángulos y está diseñado para advertir de la presencia de un vehículo detenido por avería o accidente sin que el conductor tenga que abandonar el coche, reduciendo así el riesgo de atropello.

En caso de incidente, el conductor debe activarla y colocarla preferentemente sobre el techo del vehículo, donde queda fijada mediante una base imantada. La baliza emite una luz intermitente amarilla de alta intensidad visible en 360 grados, lo que facilita su detección incluso en condiciones de baja visibilidad, de noche o con meteorología adversa.

Pero la gran novedad respecto a los antiguos triángulos es su conectividad. Al activarse, la V16 se conecta automáticamente a la plataforma DGT 3.0 y envía la geolocalización exacta del vehículo. Esa información permite a la Dirección General de Tráfico difundir avisos a través de paneles de mensaje variable en carretera, sistemas de navegación y aplicaciones de tráfico, de modo que otros conductores pueden recibir una alerta antes incluso de tener contacto visual con el vehículo detenido.

La normativa española fija además requisitos técnicos muy concretos. Las balizas deben asegurar un funcionamiento continuo durante al menos 30 minutos, ser resistentes a lluvia, viento y temperaturas extremas; contar con una batería con una vida útil mínima de 18 meses y garantía de conectividad durante al menos 12 años sin coste para el usuario.

Bruselas podría tumbar el nuevo dispositivo de preseñalización de la DGT​

Asimismo, las balizas deben haber superado un proceso de homologación por parte de la DGT, que certifica su conformidad con el Reglamento General de Vehículos. Toda baliza que no cuente con esta homologación no se podrá utilizar en la carretera. De hacerlo, el usuario se expone a una posible multa de tráfico amparada por la normativa en vigor.

Y es precisamente esa imposición de requisitos técnicos específicos a nivel nacional lo que Bruselas pone bajo la lupa. La Comisión recuerda que el uso de dispositivos de señalización de peligro no está armonizado a nivel de la Unión Europea y que, en principio, se aplican las normas nacionales de tráfico.

Sin embargo, advierte de que la imposición de requisitos técnicos concretos puede constituir una medida de efecto equivalente a una restricción del comercio en el mercado interior, algo que las autoridades españolas tendrían que justificar conforme al Derecho de la Unión. Desde el PPE se habla ya de “enorme inseguridad jurídica” para millones de conductores y para el conjunto del sector.

Dolors Montserrat ha subrayado que cuando un Gobierno impone un dispositivo obligatorio con requisitos técnicos específicos y no cumple los procedimientos europeos, pone en riesgo la seguridad jurídica, la libre competencia y la confianza en las instituciones. Además, reclama al Ejecutivo que aclare de inmediato la situación y garantice el pleno respeto al Derecho de la Unión.
¿Y? Ya se han vendido, ya se han llevado sus comisiones y han recaudado el IVA. Lo que pase ahora ya es irrelevante.
 
Es muy positivo porque nos beneficia, pero realmente es una injerencia extranjera grave. Es muy fuerte que España no tenga soberanía ni para poner unas balizas.
 
Como muy bien dicen por arriba del hilo le da igual lo que digan en Europa. Si la tumban en la UE ¿qué consecuencias va a haber?
- Los mejores amigos ya han obtenido beneficios con la venta.
- Las comisiones para los intermediarios de los anteriores estarán puntualmente repartidas.
- En el peor de los casos, si hay sanciones, demandas y condenas ¿de dónde sale el dinero? ¿del patrimonio personal de los que aprobaron semejante medida? Para nada, responsabilidad de la administración. ¿Y el dinero de la administración quién lo pone?
- Vía libre para aprobar otro mecanismo, por nuestro bien, eso sí, y vuelta a empezar.
En resumen, pase lo que pase, como siempre, los de arriba solo pueden ganar y los de abajo perder y pagar.
si la gente hubiera pasado de comprarla en masa….a estas horas ya la baliza hubiera caído y se hubiera desmantelado el negocio pero en fin, los ciudadanos son así, acunarse de refuerzo 10 veces y el cubreboca hasta en medio del campo
 
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Varapalo para la DGT y su baliza V16. España no comunicó la norma a Europa y ahora podría tumbarla
El pasado 1 de enero de 2026 los triángulos de emergencia dejaron de estar permitidos en España y han sido sustituidos por la baliza V16 conectada de la DGT. El cambio, que supone una modificación profunda en la forma de señalizar una avería o un accidente en carretera, ahora se enfrenta a un inesperado frente europeo.

La Comisión Europea ha confirmado que el Gobierno español no notificó a Bruselas la normativa que establece la obligatoriedad de este dispositivo, lo que podría tener consecuencias jurídicas relevantes e incluso abrir la puerta a cuestionar su aplicación.

La polémica parte de una respuesta parlamentaria a una pregunta formulada por la vicepresidenta del grupo del Partido Popular Europeo (PPE), Dolors Montserrat. En ella, el vicepresidente ejecutivo de la Comisión Europea, Stéphane Séjourné, afirma que los reales decretos españoles que regulan la baliza V16 “no han sido notificados con arreglo al procedimiento de la Directiva (UE) 2015/1535”.

Europa cuestiona la legalidad de las balizas V16​

Esta directiva obliga a los Estados miembro a comunicar a la Comisión cualquier proyecto de reglamento técnico antes de su adopción, con el objetivo de prevenir obstáculos al mercado interior y garantizar su compatibilidad con el Derecho de la Unión.

Según la propia respuesta, si un Estado no cumple con la obligación de notificación, la Comisión puede iniciar un procedimiento formal de infracción con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Además, recuerda que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los órganos jurisdiccionales nacionales deben abstenerse de aplicar reglamentos técnicos que no hayan sido notificados conforme a la citada directiva. En otras palabras, la falta de notificación podría derivar en que los tribunales españoles se vieran obligados a no aplicar la norma.

Para entender el alcance de esta situación conviene recordar qué implica la obligación de usar la baliza V16 como elemento de preseñalización. Este dispositivo luminoso de emergencia sustituye a los tradicionales triángulos y está diseñado para advertir de la presencia de un vehículo detenido por avería o accidente sin que el conductor tenga que abandonar el coche, reduciendo así el riesgo de atropello.

En caso de incidente, el conductor debe activarla y colocarla preferentemente sobre el techo del vehículo, donde queda fijada mediante una base imantada. La baliza emite una luz intermitente amarilla de alta intensidad visible en 360 grados, lo que facilita su detección incluso en condiciones de baja visibilidad, de noche o con meteorología adversa.

Pero la gran novedad respecto a los antiguos triángulos es su conectividad. Al activarse, la V16 se conecta automáticamente a la plataforma DGT 3.0 y envía la geolocalización exacta del vehículo. Esa información permite a la Dirección General de Tráfico difundir avisos a través de paneles de mensaje variable en carretera, sistemas de navegación y aplicaciones de tráfico, de modo que otros conductores pueden recibir una alerta antes incluso de tener contacto visual con el vehículo detenido.

La normativa española fija además requisitos técnicos muy concretos. Las balizas deben asegurar un funcionamiento continuo durante al menos 30 minutos, ser resistentes a lluvia, viento y temperaturas extremas; contar con una batería con una vida útil mínima de 18 meses y garantía de conectividad durante al menos 12 años sin coste para el usuario.

Bruselas podría tumbar el nuevo dispositivo de preseñalización de la DGT​

Asimismo, las balizas deben haber superado un proceso de homologación por parte de la DGT, que certifica su conformidad con el Reglamento General de Vehículos. Toda baliza que no cuente con esta homologación no se podrá utilizar en la carretera. De hacerlo, el usuario se expone a una posible multa de tráfico amparada por la normativa en vigor.

Y es precisamente esa imposición de requisitos técnicos específicos a nivel nacional lo que Bruselas pone bajo la lupa. La Comisión recuerda que el uso de dispositivos de señalización de peligro no está armonizado a nivel de la Unión Europea y que, en principio, se aplican las normas nacionales de tráfico.

Sin embargo, advierte de que la imposición de requisitos técnicos concretos puede constituir una medida de efecto equivalente a una restricción del comercio en el mercado interior, algo que las autoridades españolas tendrían que justificar conforme al Derecho de la Unión. Desde el PPE se habla ya de “enorme inseguridad jurídica” para millones de conductores y para el conjunto del sector.

Dolors Montserrat ha subrayado que cuando un Gobierno impone un dispositivo obligatorio con requisitos técnicos específicos y no cumple los procedimientos europeos, pone en riesgo la seguridad jurídica, la libre competencia y la confianza en las instituciones. Además, reclama al Ejecutivo que aclare de inmediato la situación y garantice el pleno respeto al Derecho de la Unión.
Ya se han llevado algunos millones con miedo. Igual que con las mascara.

Crea leyes ilegales y recauda
 
Podeis firmar en change.org para pedir el cese inmediato del Director General de Tráfico, Pere Navarro:


Detalle del texto de la petición:
El DIRECTOR GENERAL DE TRÁFICO PERE NAVARRO, DEBE SER CESADO DE SU CARGO Y FUNCIONES.

Esta obligación de “cese” de sus funciones de Pere Navarro Olivella, impuesta por la defensa del derecho de artículos como el 9, 17 y otros de la Constitución y cuyo sueldo es de 104.874,46 € anuales más dietas, 8.739 euros al mes más dietas, es la consecuencia de su gestión al frente de una DGT, errática e impune, con acciones ilegales y que ponen en peligro la seguridad de los ciudadanos, fuera de las reglas de la democracia. Entre otras muchas acciones que demuestran su incapacidad técnica y sarracena para el cargo tenemos:

1. No superar las auditorias de cuentas del ministerio de Hacienda con peligro al patrimonio de todos.

2. Ser el máximo responsable de la destrucción del margen de seguridad de 20 km/h en las maniobras de adelantamiento, con la justificación de parecernos a Europa, solo para lograr mayor incremento de ingresos en los radares de tramo.

3. Reducir la velocidad en carreteras de gran anchura (más de 9 metros) de 100 a 90 km/h equiparándolas a las de anchura de 4 metros, tan solo con la intención de lograr más denuncias e ingresos.

4. Promover la “no investigación” de accidentes de tráfico o la mala calidad de los mismos, muy lejos de la ciencia, para cargar de culpa a los ciudadanos y no para reducir las causas y consecuencias de los accidentes.

5. Incorporar la baliza V-16 a las obligaciones ciudadanas, cargada de errores de alto riesgo y jurídicos debido a su nefasta asesoría sobre el poder legislativo.

6. Mantener órdenes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de no denunciar las infracciones por el mal estado de las carreteras, tan solo informar.

7. Mantener programas de formación de los agentes con exclusión de la temática “carreteras y su estado” para evitar que se denuncien estos ilícitos o se hagan constar en atestados e investigaciones.

8. Ser el máximo responsable e impulsor del adoctrinamiento sobre la culpa sobre los conductores, como única causa de los accidentes de tráfico.

9. Esconder otras realidades en la inseguridad ciudadana y vial como el mal e ilegal estado de las carreteras.

10. Intentar reducir la siniestralidad creando miedo o prohibiendo el uso de vehículos.

11. Vigilar desde hace años, a los ciudadanos motoristas, con más del triple de campañas anuales y especiales de seguimiento y control que al resto de los usuarios, pese a su demostrado fracaso en la reducción de la siniestralidad (Un mínimo de 48 días al año de control especial a los motociclistas).

12. De forma general. Actuar de forma imprudente en el asesoramiento del poder legislativo para promover cambios legales que perjudican a los ciudadanos.

13. Confundir que está en el poder “ejecutivo” y sintiéndose una parte importante del poder “legislativo” y actuar como tal en el uso de verbo y afirmaciones.

14. No entender la ausencia de competencias municipales y en las ciudades, impuesta por la ley, en lo relativo a accesos y usos en manos de alcaldes y ordenanzas municipales, intentando influir en los mismos para prohibir el uso de vehículos en estos entornos.

Por todo lo anterior, en el ejercicio de la defensa de los ciudadanos por los ciudadanos y del derecho de petición protegido por el artículo 29 de la Constitución y la L.O. 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del mismo, solicitamos el cese en funciones inmediato del Director General de Tráfico por no respetar el estado de derecho, poner en peligro la seguridad de los ciudadanos y el erario público.

Firma tu petición.
 
Cuanta confianza tenéis en Iuropa. 5 años para la resolución, como si lo viera.

Como los Ent en El Señor de los Anillos tres días hablando para al final:
Heeeemossss llegaaaadoooo a la conclusiiiooon.... De que no sois orcooooossssss.....
 

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