Gonzalo Bernardos, economista: «Ante la decisión del Gobierno de aprobar los decretos: Sugiero dejar las viviendas vacías hasta que vuelva la seguridad jurídica».
Artículo 281.1 del Código Penal
«El que detrajere del mercado productos de primera necesidad con la intención de desabastecer un sector del mismo, de forzar una alteración de precios, o de perjudicar gravemente a los consumidores, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses».
eso, ¿qué dice el código penal?... ¿qué lees tú ahí?...
una cosa es un operador acaparando bienes de primera necesidad y retirándolos del mercado con la intención de manipular el precio mediante el desabastecimiento...
y otra cosa son millones de operadores independientes cesando su actividad por las condiciones draconianas a las que son sometidos... sin formar cártel, pacto, o política común...
