Las piedras adheridas al cuerpo de Esther López y a sus prendas de ropa no pertenecen a la cuneta donde se encontró el cadáver de la chica
okdiario.com
"Piedras de otro lugar
Ya en el Instituto de Medicina Legal y Forense de Valladolid, los doctores se enfrentaban al cuerpo de la joven para tratar de desentrañar el misterio de su gloria. En una pormenorizada descripción del cuerpo de Esther López se puede leer que, en algunas partes del cuerpo de la joven, en pliegues de la piel, en superficies anatómicas en contacto con el suelo y en su cabello, los forenses detectaron “
rocas de pequeño tamaño y arena blanca”. Ante la suspicacia que generó entre los investigadores la escenificación del atropello de Esther, decidieron
cotejar las piedras encontradas en el cadáver con las que se recogieron en la cuneta de la carretera. El resultado del cotejo es que es imposible establecer equivalencias entre ambas muestras.
Eso sólo puede significar que el cadáver de Esther López estuvo oculto en un lugar al que fue trasladado en las horas posteriores a su fallecimiento y donde se mantuvo oculto justo antes de llevarla a la cuneta en la que fue encontrada. A las ropas de Esther y a partes de su anatomía pudieron llegar esas piedras en dos ocasiones distintas: la primera, durante el
atropello, que no acabó con su vida de manera inmediata, pero que sí la dejó impedida durante varias horas. La segunda de las veces, el tiempo que el peso de su cadáver hizo que las piedras se incrustaran en su piel. ¿Existen en la investigación escenarios compatibles con esas piedras? La respuesta es inequívoca: sí. Sólo es cuestión de tiempo que se descarten o no, si es que eso no ha sucedido ya y permanece en la parte secreta de la investigación."
Alfonso Egea hizo una pregunta interesante:
"¿Existen en la investigación escenarios compatibles con esas piedras?"
Esa pregunta la lanzó el 23 de abril de 2022. Lo que no hizo Egea después de que la UCO presentase el informe del relato final fue apuntar a que en el relato presentado, las piedras no tenían encaje en ninguno de los escenarios mencionados, o sea, la calle Dos a la altura de la parte trasera del chalet y el chalet de Óscar, lo cual ya es una evidencia en sí misma de que el relato no tiene sentido.
Esperemos que ésa y otras muchas preguntas se planteen en el juicio por parte de la defensa para que los miembros del jurado entiendan que no sólo no hay pruebas para situar el atropello en la calle Dos sino que hay pruebas (las piedras del abrigo) que sirven para descartar la calle Dos como el lugar del atropello y para descartar el chalet de Óscar como el lugar donde estuvo el cuerpo antes de ser trasladado hasta la cuneta, lo cual sirve para razonar como hechos no probados el relato de la UCO.
Más que piedras en el abrigo son piedras en el zapato de las acusaciones.
La UCO jamás debería haber presentado un relato sin tener atado el origen de las piedras y el origen de la pintura azul. Eso es un error que van a pagar carísimo.
Es que es sorprendente.
Los mismos que pretenden poder demostrar que hubo un atropello en la calle Dos, no en la Tres, ni en la Cuatro, sin más base que sus elucubraciones a partir de datos de los teléfonos móviles, son incapaces de determinar el lugar del que provienen esas piedras.
¿Son capaces de "determinar" que el atropello tuvo lugar en la calle Dos, pero no son capaces de determinar dónde escondió el investigado el cadáver?
¿No llevaba el mismo teléfono y el mismo vehículo?
¿No dicen que fue por la noche a la curva dejándose el móvil en Valladolid?
¿No dicen que fue al lavadero?
¿Y no son capaces de decir dónde escondió el cuerpo a lo largo de ese día?
¿No tuvo el GPS activado todo el día?
¿No tienen las conexiones a las antenas?
¿No se basan en eso para afirmar que a las tres y no se cuantos estuvo en la calle Dos y no en su vivienda?
¿Y no son capaces, CON LOS MISMOS DATOS, de decir dónde estuvo después?
¿Pueden dar, partiendo de los mismos datos (GPS y conexiones), el lugar del atropello con precisión de metros y el lugar donde se escondió el cuerpo ni con centenares de Km?
¿Qué dice el Tribunal Supremo de la condena por indicios?
11.- La autoría que determina una condena no es "la mejor explicación posible a lo ocurrido". Que sea lógico no determina la condena, sino que la suma de los indicios que se citan permite al Tribunal que, de una forma razonada y explicativa, fijar que los hechos se produjeron de esa manera y no de cualquier otra, porque si hubiera dudas no se podría condenar. No es una sentencia de "sospechas", sino de convicciones respecto a que la suma de indicios determinan y llevan al Tribunal a concluir con seguridad que el delito lo cometió el acusado.
Que una piara de SUV-normales no encuentre "
mejor explicación posible a lo ocurrido" no lo va a convertir en culpable.
Que a esa piara de SUV-normales, les parezca de lo más lógico la versión de la UCO, no lo va a convertir en culpable.
¿Hay dudas de que se produjera el atropello con el T-Roc?
Pues, si de algo no hay dudas en este caso es, precisamente, de que
el T-Roc NO ATROPELLO A NADIE.
Lo dicen, el sentido común, el conocimiento y experiencia de cualquier persona que conduzca un poco, dos informes periciales firmados por ingenieros competentes en la materia, un informe de inspección de la GC de enero de 2022,...
Y no hay nada en el sumario que permita siquiera sospechar lo contrario.
Se podría haber llamado a los de VW, a cualquier perito judicial de los que hay en las listas del Colegio de Ingenieros Industriales,... para que elaborara un informe que dijera que el T-Roc pudo atropellar a alguien. No ya que lo hiciera, o que la probabilidad de que lo hiciera fuera superior al 50%, para poder "
determinar y concluir con seguridad" que así ocurrió, sino un simple "pudo" que avalara la versión del relato.
Pero ni la GC, ni las acusaciones lo han hecho. ¿Por qué?
Porque TODOS (salvo los SUV-normales) sabemos la respuesta.