¿Que os parece ING Lu?

Supongo que será el mismo documento que está subido ya en foro por otro forero, ¿no?.
Por cierto, ¿te comunicas en español por la mensajería interna o en inglés?

Saludos

Muy similar, pero ya rellenado con mis datos y con un número de referencia. En principio, si me comunico con la persona que tengo asignada, lo hago en Español. Si quiero algo genérico, lo hago en Inglés. No obstante, comentarte que el último día la persona me dio su teléfono directo así como su dirección de correo electrónico en ING.Lu.
 
Saludos quisiera saber alguien que haya hecho transferencias desde luxemburgo a Espana que comision le han cobrado desde ING he visto la shared option y he visto quesolo depende de tu banco espanol de las condiciones que tu tengas con ellos es asi?? Gracias espero noticias
 
Saludos quisiera saber alguien que haya hecho transferencias desde luxemburgo a Espana que comision le han cobrado desde ING he visto la shared option y he visto quesolo depende de tu banco espanol de las condiciones que tu tengas con ellos es asi?? Gracias espero noticias

Aquí solo hacemos transferencias de España a Luxemburgo.
 
Saludos quisiera saber alguien que haya hecho transferencias desde luxemburgo a Espana que comision le han cobrado desde ING he visto la shared option y he visto quesolo depende de tu banco espanol de las condiciones que tu tengas con ellos es asi?? Gracias espero noticias

Efectivamente es así. Transferí de ING LU a Popular e, coste 0.
 
@betis 2 gracias por la informacion dices que ahora por norma ING conserva el secreto bancario?? entonces el impreso que dijistes que enviastes de la asociacion de bancos de luxemburo que yo me baje del hilo no sirve?? si ese que enviastes con una declaracion de residencia de la agencia tributaria gracias espero respuesta
 
ahora yo entiendo que con el DD1 presentado tampoco hace falta tanto trinc shishi pero bueno españa es asin!!!
 
ahora yo entiendo que con el DD1 presentado tampoco hace falta tanto trinc shishi pero bueno españa es asin!!!otra pregunta para todos el digipass este tiene pila dentro?? que pasa si un dia no hay numeritos o lo cambian cada cierto tiempo?
 
Declaración cuentas DD1

La cuenta corriente que abre Ing.lu tiene una cuenta de ahorro asociada. He declarado la primera en el Banco de España, pero no ha segunda. ¿Tengo que hacerlo con un nuevo DD1? Gracias
 
La cuenta corriente que abre Ing.lu tiene una cuenta de ahorro asociada. He declarado la primera en el Banco de España, pero no ha segunda. ¿Tengo que hacerlo con un nuevo DD1? Gracias

no hace falta. Lo que si es recomendable es cambiar de euros a francos para estar cubiertos anticorralito español.
 
no hace falta. Lo que si es recomendable es cambiar de euros a francos para estar cubiertos anticorralito español.

Reportado, estas cruzando la linea de gracioso pesadito a descendiente de fruta.

El usuario da informacion falsa y responde dudas fiscales/legales de forma incorrecta intencionadamente. Esto ya no es trolleo, es mala baba.

A la que pregunta: es obligatorio declarar todas las cuentas al BdE mediante el DD1.
 
Reportado, estas cruzando la linea de gracioso pesadito a descendiente de fruta.



A la que pregunta: es obligatorio declarar todas las cuentas al BdE mediante el DD1.

Reportado? :XX: que reportas todo lo que no coincida con tu opinión?

Por si no lo sabías, los admins también penalizan a los reportadores absurdos sin sentido.

eres un grandisimo descendiente de fruta tu y tu santa progenitora ademas de un troll que no haces mas que timar a la gente. qué eres primo de guindos?

aconsejas mal a la gente asi te partas las patas y te dobles el pito :XX:
 
Última edición:
Gracias por la respuesta, por si acaso lo notificaré, mas vale que zzzzobre que no que zzzofalte
 
A fin de aclarar todas las dudas acerca de si basta o no con los DD1:

1) Hay que informar al Banco de España de la apertura de la cuenta naranja, de la cuenta savings, así como de la visa cybercard que te abren. Solicité información acerca de esto último al Banco de España y me comentaron que esas tarjetas, en realidad, son cuentas abiertas, por lo tanto se hacen 3 DD1 y asunto solucionado.

2) Hay que solicitar a ING Lu, mediante la mensajería interna de la web, que os envíen el modelo para renunciar al secreto bancario y que Luxemburgo informe a Hacienda de la existencia de esas cuentas. Os lo envían por el buzón de la web y luego lo tenéis que enviar por correo ordinario. En un país lógico el Banco de España pasaría los datos a Hacienda, pero aquí no es así. Si pensamos mal puede ser para que, si a alguien se le pasa, pueda colaborar con un donativo al déficit de España.
 
A fin de aclarar todas las dudas acerca de si basta o no con los DD1:

1) Hay que informar al Banco de España de la apertura de la cuenta naranja, de la cuenta savings, así como de la visa cybercard que te abren. Solicité información acerca de esto último al Banco de España y me comentaron que esas tarjetas, en realidad, son cuentas abiertas, por lo tanto se hacen 3 DD1 y asunto solucionado.

2) Hay que solicitar a ING Lu, mediante la mensajería interna de la web, que os envíen el modelo para renunciar al secreto bancario y que Luxemburgo informe a Hacienda de la existencia de esas cuentas. Os lo envían por el buzón de la web y luego lo tenéis que enviar por correo ordinario. En un país lógico el Banco de España pasaría los datos a Hacienda, pero aquí no es así. Si pensamos mal puede ser para que, si a alguien se le pasa, pueda colaborar con un donativo al déficit de España.

Solo matizar que este segundo punto solo es obligatorio si los saldos acumulados de las cuentas en el extranjero superan los 50.000€. Los saldos son los saldos medio del cuarto trimestre y los saldos a 31 de diciembre.

En caso de no superar dicho límite no hay que declarar la cuenta a Hacienda, y por tanto podemos continuar con el secreto bancario o renunciar a él, según nuestras preferencias.
 
Solo matizar que este segundo punto solo es obligatorio si los saldos acumulados de las cuentas en el extranjero superan los 50.000€. Los saldos son los saldos medio del cuarto trimestre y los saldos a 31 de diciembre.

En caso de no superar dicho límite no hay que declarar la cuenta a Hacienda, y por tanto podemos continuar con el secreto bancario o renunciar a él, según nuestras preferencias.

Renunciar al secreto bancario es de bobos. Si no para que quieres esta cuenta?
 
De nuevo me pongo en contacto con vosotros. Acabo de hablar con el Banco de España, 913385469 y 913385469. Me comentan lo siguiente. Que solo tengo que notificar la apertura de cuenta corriente, en la que haga pagos, ingresos, transferencias, etc. Si solo utilizo la saving (perdonad si confundo el nombre) como cuenta de depósito para obtener algo más de rentabilidad, pero no para hacer pagos en ella, que no tengo que declararla.
Mucho me temo que en esto, como con Hacienda, depende quien coja el teléfono.
Saludos
 
De nuevo me pongo en contacto con vosotros. Acabo de hablar con el Banco de España, 913385469 y 913385469. Me comentan lo siguiente. Que solo tengo que notificar la apertura de cuenta corriente, en la que haga pagos, ingresos, transferencias, etc. Si solo utilizo la saving (perdonad si confundo el nombre) como cuenta de depósito para obtener algo más de rentabilidad, pero no para hacer pagos en ella, que no tengo que declararla.
Mucho me temo que en esto, como con Hacienda, depende quien coja el teléfono.
Saludos

chico si llamas al mismisimo banco de España y no te lo crees.... porque te voy a convencer yo.

NO TE HACE FALTA DECLARAR NADA
 
Solo matizar que este segundo punto solo es obligatorio si los saldos acumulados de las cuentas en el extranjero superan los 50.000€. Los saldos son los saldos medio del cuarto trimestre y los saldos a 31 de diciembre.

En caso de no superar dicho límite no hay que declarar la cuenta a Hacienda, y por tanto podemos continuar con el secreto bancario o renunciar a él, según nuestras preferencias.

Tienes toda la razón. o🙂 No obstante, decir que si mantienes el secreto bancario, Luxemburgo te hace una retención mayor de los intereses que si te lo hace la hacienda española. No obstante, para lo que dan....
 
De nuevo me pongo en contacto con vosotros. Acabo de hablar con el Banco de España, 913385469 y 913385469. Me comentan lo siguiente. Que solo tengo que notificar la apertura de cuenta corriente, en la que haga pagos, ingresos, transferencias, etc. Si solo utilizo la saving (perdonad si confundo el nombre) como cuenta de depósito para obtener algo más de rentabilidad, pero no para hacer pagos en ella, que no tengo que declararla.
Mucho me temo que en esto, como con Hacienda, depende quien coja el teléfono.
Saludos
¿Te lo dan por escrito? Yo tengo, por escrito, justo lo contrario. Ya sabemos que luego viene el tío Paco con las rebajas y te dice "ah, pues se equivocaron si le dijeron eso. Venga, a colaborar a reducir el déficit."
 

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