Un forero propone cobrar el IRPF por la revalorización anual de la vivienda
Un usuario que dice ser empleado de la Agencia Tributaria ha planteado en un foro económico una propuesta que, de aplicarse, cambiaría por completo la fiscalidad del patrimonio inmobiliario en España: que cada año se actualice el valor de la vivienda según los indicadores de la zona y las características del inmueble, y que el incremento se impute al IRPF anual. Es decir, pagar impuestos por la plusvalía latente, sin necesidad de vender. El autor del mensaje lo resume sin ambages: «Si vale por ejemplo 10.000 € más, ese importe se imputa al irpf anual y tributas por ello anualmente, así hacienda no tiene que esperar a que vendas. Si vale menos te jodes».
La propuesta, que el propio autor presenta como una novedad que llevará a sus superiores, ha desatado una tormenta de críticas. El argumento más repetido es que la propiedad ya ha tributado al comprarse y que el Estado no puede gravar un beneficio que no se ha materializado. «Esa propiedad es mía, ya pagué impuestos por ella cuando la compré. ¿Por qué cojones tengo que seguir pagando una y otra vez por algo que ya es mío?», resume un interviniente.
El problema de valorar lo que no se vende
El núcleo técnico del rechazo está en la valoración. ¿Quién decide cuánto vale un piso que no está en el mercado? La propuesta habla de «indicadores de la zona, características etc.», pero no concreta metodología. Ahí se abre el flanco: si el valor lo fija la Administración y no el mercado, el contribuyente queda a merced de una estimación administrativa que puede no reflejar la realidad. «¿Quién cojones eres tú para calcular lo que vale o no vale mi propiedad? ¿La vas a comprar tú? No, ¿verdad? Pues entonces os metéis vuestros cálculos por el ojal», responde otro mensaje.
La comparación con otros activos aparece pronto. Las acciones y los fondos de inversión solo tributan cuando se venden: la ganancia patrimonial se materializa en la operación. Aplicar el criterio de la plusvalía latente a los inmuebles rompería esa simetría. «Según tu propia lógica, deberíais hacer lo mismo con cualquier activo cuyo precio varíe significativamente en el tiempo. Por ejemplo, las acciones, con las que solo ganas o pierdes en el momento de su venta», señala un interviniente.
Hay quien recuerda que la plusvalía municipal ya funciona con una lógica parecida: se calcula al transmitir, pero a veces se presume un aumento aunque el precio real haya bajado. La propuesta extiende ese mecanismo al IRPF anual, lo que multiplica el efecto.
El impuesto sobre el patrimonio ya existe
Una de las críticas más repetidas es que la figura ya está inventada. El Impuesto sobre el Patrimonio grava la tenencia de bienes, con mínimos exentos que dejan fuera a la mayoría de las viviendas habituales. «Para eso ya está el impuesto sobre patrimonio, bajad los mínimos exentos y ya», propone un interviniente. La diferencia es que el IP se calcula sobre el valor total del patrimonio, no sobre el incremento anual, y no se imputa a la renta.
Otra objeción recurrente es la asimetría: si el valor sube, se tributa; si baja, no se compensa. «Si vale menos te jodes», admite el propio autor de la propuesta. Esa asimetría convierte el mecanismo en una especie de opción fiscal en la que el contribuyente nunca gana.
El efecto de la inflación en la valoración
Un argumento menos obvio pero recurrente es que la subida de precios inmobiliarios no siempre es riqueza real. «El piso no vale más, es el dinero el que vale menos gracias a la falsificación (legal) del BCE y demás elementos», sostiene un mensaje. Si la expansión monetaria infla los precios nominales, gravar el incremento equivale a tributar por la pérdida de poder adquisitivo de la moneda. «Te robo imprimiendo dinero y como he devaluado el dinero ahora tus propiedades valen más papeles por lo que te has ‘enriquecido’», resume otro.
La objeción tiene recorrido técnico: sin corregir el efecto de la inflación, un impuesto sobre plusvalías latentes puede gravar ganancias puramente nominales. La propuesta no menciona ningún mecanismo de indexación.
Qué pasaría con las sociedades y los no residentes
La aplicación práctica también genera dudas. ¿Cómo se fiscaliza el incremento de valor de inmuebles en manos de sociedades extranjeras o residentes en paraísos fiscales? «¿Y los que tienen las propiedades con sociedades de Bahamas o las Caimán? ¿A estos cómo vais a hacerlo?», pregunta un interviniente.
El debate deriva hacia la equidad del sistema: si la medida solo se aplica a residentes fiscales españoles con propiedades a su nombre, el incentivo para estructurar la propiedad a través de sociedades extranjeras se dispara.
La reacción política y el clima del debate
El tono del intercambio se caldea por momentos. Hay mensajes que piden llevar la propuesta a sus jefes «y os vais a joder», y respuestas que van desde la ironía hasta la amenaza velada. Una parte de los intervinientes sostiene que la Agencia Tributaria no puede cambiar la ley por sí misma: «Hacienda hace cumplir la normativa, no la cambia a placer como le sale de los cojones. Solo un cuñado de barra de bar cree que Hacienda puede cambiar la Ley del IRPF», zanja un mensaje.
Otros recuerdan que la medida ya existe para segundas residencias: «Cualquiera que tenga una segunda vivienda a disposición (no alquilada) la declara en el IRPF y le meten el rejonazo», apunta un interviniente. La renta imputada de inmuebles no alquilados es una figura vigente, aunque no grava el incremento de valor.
La discusión deriva también hacia el gasto público. «Siempre se habla además de subir y subir tx, nunca de bajar o gestionar el dinero del pueblo para gastarlo con cabeza», se queja un mensaje. La conexión entre presión fiscal y calidad del gasto recorre todo el intercambio.
Un debate con precedentes
La idea de gravar plusvalías latentes no es nueva. «Lo que propone (pagar por plusvalías latentes) ya lo sugirió para acciones y fondos un tragaldabas de la PSOE (Manuel de la Rocha) en alguna precampaña electoral», recuerda un interviniente. La propuesta de un impuesto sobre ganancias no realizadas en acciones y fondos ya se barajó en su día, aunque nunca llegó a aplicarse.
El propio autor del mensaje inicial insiste en que sus jefes están en contacto con el Ministerio y que la medida saldrá adelante. «Lo haré y os vais a joder», sentencia. La respuesta del foro es mayoritariamente escéptica: pocos creen que una propuesta así pueda aplicarse sin una reforma legal de calado, y menos aún sin un consenso político que hoy no existe.
¿Es una idea descabellada o el anticipo de lo que viene? La presión sobre la vivienda como base fiscal no deja de crecer, y la distinción entre gravar la tenencia y gravar la revalorización es cada vez más difusa.