Todo drama no es una injusticia (Rebeca Argudo en El ABC)

Todo drama no es una injusticia (Rebeca Argudo en El ABC)
RESUMEN

El drama de una situación personal, por muy conmovedor que sea, no se convierte automáticamente en una injusticia legal si se ajusta a la norma. La ley busca la seguridad jurídica general, no la adaptación a cada biografía.

El caso de Maricarmen, una mujer de 87 años desalojada de su vivienda tras siete décadas de residencia, ha puesto sobre la mesa una cuestión que a menudo se confunde: la diferencia entre un drama personal y una injusticia legal. La conmoción ante su situación, marcada por la edad, la discapacidad y el arraigo a su hogar, es comprensible. Sin embargo, la lógica del derecho nos obliga a separar la empatía del análisis jurídico.

La renta antigua y el coste oculto

Durante años, Maricarmen pagó una renta muy inferior al valor de mercado de su vivienda, amparada por un contrato de renta antigua. Este tipo de acuerdos, aunque beneficiosos para el inquilino a corto plazo, implican una carga económica para el propietario y, de forma indirecta, para el resto de los vecinos que pagan precios de mercado por inmuebles similares. La diferencia entre lo que pagaba Maricarmen y el coste real del alquiler en la zona era un subsidio implícito que asumía el propietario. No es difícil imaginar que esta situación, extendida en el tiempo, genera otros "dramas": familias que ajustan sus presupuestos, otras que se ven forzadas a mudarse a zonas más asequibles o incluso desahucios de otros inquilinos que no gozan de esas condiciones ventajosas.

La ley, un marco general

No se puede legislar basándose únicamente en la sensibilidad de cada caso particular o en la tragedia que más nos conmueve en un momento dado. La ley, por su propia naturaleza, debe ser un marco general que garantice la seguridad jurídica para todos. Adaptar la norma a la biografía de cada individuo la convertiría en un traje a medida, perdiendo su función de código común. El objetivo de este código no es evitar el sufrimiento individual, sino proteger a las personas de la arbitrariedad de quienes ostentan poder. Este principio se recoge en el artículo 9.3 de la Constitución Española, que consagra la seguridad jurídica como pilar del Estado de derecho.

La equidad como cauce

El propio sistema legal contempla mecanismos para abordar las particularidades de cada caso sin romper el marco general. La equidad permite a los jueces ponderar las circunstancias específicas al aplicar la ley, sin que esto signifique dejar de aplicarla. En el caso de Maricarmen, aunque su desalojo sea un drama, no necesariamente constituye una injusticia en términos legales. La responsabilidad de garantizarle una vivienda digna recae en las administraciones públicas, como la Comunidad de Madrid o los servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid, y no puede exigirse al propietario del inmueble que asuma esa carga. La caridad es un acto voluntario, mientras que el cumplimiento de la ley es una obligación, aunque a veces resulte doloroso.

Datos clave
  • 87 años: Edad de Maricarmen.
  • 70 años: Tiempo que vivió en su casa.
  • Artículo 9.3 de la Constitución Española: Principio de seguridad jurídica.
  • Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid: Administraciones responsables de servicios sociales.
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