Probablemente este fin de semana Sánchez habrá evaluado cuántos "descendientes" nos ha podido colar en el voto por correo en los lugares que le pueda interesar para obtener fruta.
¿Si las elecciones son el 29 de noviembre el censo electoral se cierra el 1 de agosto?
IA Gemini:
Efectivamente. De acuerdo con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), el censo electoral cerrado para unos comicios es el vigente el primer día del segundo mes anterior al de la convocatoria
Para las elecciones del 29 de noviembre de 2026, la fecha oficial de cierre del censo de partida es, en efecto, el 1 de agosto de 2026.
La relación entre el auto del Tribunal Supremo, la Junta Electoral Central (JEC) y la fecha de cierre se articula de la siguiente manera:
Pero no se sabe cuánta gente que se acogió a la ley de nietos ha sido excluída
IA Gemini:
Exacto. El número total de afectados no se conoce con precisión, y esa es precisamente una de las mayores controversias prácticas de la decisión.
La imposibilidad de dar una cifra exacta responde a tres factores clave:
Los Registros Civiles Consulares han otorgado la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática indicando el artículo de la ley, pero sin categorizar sistemáticamente en la base de datos centralizada del censo si la resolución se emitió mediante la presunción general de exilio o si el solicitante aportó pruebas documentales explícitas de la persecución de su antepasado.
Para determinar cuántas personas quedan excluidas o incluidas, la Oficina del Censo Electoral y los consulados tendrían que revisar de forma individualizada cada uno de los cientos de miles de expedientes aprobados. Dado que la orden judicial se dictó en septiembre de 2026, no ha habido tiempo técnico ni recursos humanos para auditar caso por caso.
¿Si las elecciones son el 29 de noviembre el censo electoral se cierra el 1 de agosto?
IA Gemini:
Efectivamente. De acuerdo con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), el censo electoral cerrado para unos comicios es el vigente el primer día del segundo mes anterior al de la convocatoria
Para las elecciones del 29 de noviembre de 2026, la fecha oficial de cierre del censo de partida es, en efecto, el 1 de agosto de 2026.
La relación entre el auto del Tribunal Supremo, la Junta Electoral Central (JEC) y la fecha de cierre se articula de la siguiente manera:
- El auto se dictó antes de la convocatoria: La resolución del Tribunal Supremo en la que se adoptaron las medidas cautelares se notificó a principios de septiembre, y la Junta Electoral Central (JEC) acordó su ejecución el 14 de septiembre.
- Afecta a la revisión de la lista inicial: Aunque las inscripciones en el CERA formalizadas hasta el 31 de julio quedaran reflejadas en la foto fija del censo del 1 de agosto, las listas que publica la Oficina del Censo Electoral sufren un periodo de depuración y alegaciones antes de ser definitivas.
- Depuración automática: La JEC ordenó a la Oficina del Censo Electoral que, al elaborar el censo definitivo y expedir las listas de electores para estas elecciones, aplicara de oficio un marcado/bloqueo de suspensión sobre el colectivo afectado dentro del CERA.
- Inclusión de oficio sin tiempo de subsanación: Puesto que las inscripciones que entraron hasta el 1 de agosto estaban tramitadas bajo el criterio general de exilio, la falta de tiempo entre la orden de la JEC (14 de septiembre) y la convocatoria oficial de las elecciones ha hecho imposible tramitar individualmente alegaciones o aportar documentos suplementarios para miles de expedientes antes del envío de la documentación del voto.
Pero no se sabe cuánta gente que se acogió a la ley de nietos ha sido excluída
IA Gemini:
Exacto. El número total de afectados no se conoce con precisión, y esa es precisamente una de las mayores controversias prácticas de la decisión.
La imposibilidad de dar una cifra exacta responde a tres factores clave:
Los Registros Civiles Consulares han otorgado la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática indicando el artículo de la ley, pero sin categorizar sistemáticamente en la base de datos centralizada del censo si la resolución se emitió mediante la presunción general de exilio o si el solicitante aportó pruebas documentales explícitas de la persecución de su antepasado.
Para determinar cuántas personas quedan excluidas o incluidas, la Oficina del Censo Electoral y los consulados tendrían que revisar de forma individualizada cada uno de los cientos de miles de expedientes aprobados. Dado que la orden judicial se dictó en septiembre de 2026, no ha habido tiempo técnico ni recursos humanos para auditar caso por caso.
- Lo que se sabe: Las estimaciones oficiales señalan que más del 70% u 80% de las concesiones dentro del apartado de exilio se tramitaron acogiéndose a la presunción general (sin requerir la prueba explícita del exilio político) en virtud de las instrucciones iniciales del Ministerio de Justicia.
- El efecto práctico: Ante la imposibilidad de discriminar a tiempo quién acreditó el exilio probatorio directo y quién no, la aplicación administrativa del auto de la Junta Electoral Central actúa sobre la totalidad del colectivo inscrito bajo el supuesto de exilio, salvo que el consulado certifique de forma explícita la prueba en el expediente antes de la confección de las listas definitivas de votación.
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