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La ley de nietos ha…
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La ley de nietos ha incorporado al censo electoral a unos 400.000 nuevos votantes, en su mayoría con derecho a voto por correo desde el exterior (voto CERA). El Supremo tendrá que decidir en tiempo récord si anula ese voto, que se cuenta aparte y podría alterar el último escaño de varias provincias.
La ley de nietos ha metido en el censo electoral a unos 400.000 nuevos votantes. Salvo que el Tribunal Supremo actúe de urgencia, podrán votar en las próximas generales. El mecanismo es el voto CERA, el sufragio de los españoles inscritos en el extranjero, que se cuenta aparte del voto interior.
La norma permite adquirir la nacionalidad española a nietos de españoles que emigraron. Esa nacionalidad nueva llega con un efecto colateral: el alta en el censo electoral. La Junta Electoral Central ya ha dicho que no es posible discriminar en el censo cómo adquirió cada recién incorporado su nacionalidad. Es decir, no se puede separar a los nietos de los demás votantes exteriores sin una auditoría caso por caso.
El censo que se usa para convocar elecciones se cierra dos meses antes de la cita. Eso significa que se toma un censo anterior a cualquier cautelar del Supremo. El voto CERA se cuenta aparte del interior y, según los cálculos que circulan, iría mayoritariamente al PSOE. Eso bastaría para alterar el último escaño de muchas provincias. Y el último escaño, en un escrutinio ajustado, cambia el reparto final.
La derecha llevará el voto CERA al Supremo. El tribunal tendrá que decidir si lo anula o no, y tendrá que hacerlo en tiempo récord. El problema práctico es que un votante en Kuala Lumpur no puede adjuntar un certificado de que su abuelo fue perseguido: esa información no es legal incorporarla al expediente. Sin ese dato, la auditoría individual es inviable antes del escrutinio. La decisión judicial, por tanto, llega con el calendario en contra.
El voto exterior no reparte escaños por sí solo, pero sí inclina la balanza en provincias donde el último acta se decide por unos cientos de papeletas. Si el Supremo anula el CERA, el reparto vuelve al voto interior. Si no lo anula, el resultado final puede ser distinto al que dibujan las urnas el día de la votación. En cualquiera de los dos escenarios, el conflicto legal está servido.
Este artículo describe un proceso electoral en curso y no anticipa resoluciones judiciales. Para decisiones sobre voto o censo, conviene consultar la normativa oficial y a un profesional del derecho.
Crónicas del pucherazo. El censo exterior de Castilla y León es superior al de Ávila, Palencia, Segovia, Soria y Zamora https://t.co/MRy3JNBkmH via @ABC_CastyLeon
— José Javier Esparza Torres Ver publicación en X
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