Mercadona despidió a un gerente por una croqueta de la basura
¿Cuánto vale una croqueta que va camino del contenedor? Para la empresa que la tiró, 4,20 euros el blíster. Para quien se la comió, dieciséis años de nómina, un finiquito de 944,38 euros y un despido disciplinario. La escena es de una tienda de Mercadona en Albacete, la noche del sábado 8 de julio de 2023. La persiana ya estaba bajada y la plantilla recogía el local. Un empleado se acercó a la sección de comida preparada, cogió una croqueta de un blíster que una compañera acababa de retirar para tirarlo y se la comió. El lunes siguiente, 10 de julio, lo contó él mismo de forma voluntaria. Ese mismo día estaba en la calle.
Qué alegó la empresa y qué dijo el juzgado
Mercadona sostuvo que el trabajador conocía la prohibición de consumir productos sin pagarlos, aunque fueran a acabar en el contenedor, y encuadró el episodio en las faltas muy graves del convenio: «fraude, deslealtad o abuso de confianza» y «robo, hurto o malversación». Le imputó haberse comido
un blíster entero valorado en 4,20 euros. Dieciséis años de antigüedad, categoría de gerente A tramo 5 y 2.058 euros mensuales no evitaron el despido disciplinario; el finiquito quedó en
944,38 euros.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha falló el 15 de octubre que el despido fue improcedente, rechazó el recurso de la compañía contra la sentencia de primera instancia —que ya había resuelto lo mismo— y dejó escrito que la conducta podía merecer una multa, pero «en modo alguno» la sanción más grave del mundo laboral. La sala no entró en si la croqueta era apetecible. Entró en si un bocado justifica echar a alguien por la puerta de atrás.
La defensa incómoda de la tolerancia cero
Hay un argumento en la otra orilla que conviene escuchar. Si hoy sobra producto y alguien se lo lleva, mañana sobra más: el control de mermas se rompe por el eslabón más débil y la excepción se convierte en costumbre. Quien defiende la línea dura recuerda que la norma se conoce antes de firmar el contrato y que dejar la decisión al criterio del encargado de turno abre la puerta al descontrol. Extendido a otras partidas —descuentos a proveedores, devoluciones, taras—, el mismo razonamiento se usa para no ceder ni un centímetro. Es la lógica que sostiene que el valor del producto da igual: lo que se protege no es la croqueta, es la regla.
El coste del veterano: la hipótesis que recorre el caso
Con la croqueta en la mano, el asunto se lee distinto si se mira la nómina. Un trabajador con categoría alta, dieciséis años en la misma empresa y un sueldo que supera los dos mil euros es un activo caro en cualquier cuenta de resultados de supermercado. En esa lectura, encontrar un motivo para sustituirlo por una incorporación más barata no sería difícil. En el debate se repite que en España el despido es libre pero no gratuito, y que aquí la empresa prefirió pagar la improcedencia antes que readmitir, lo que para quienes sostienen esa hipótesis confirma que el objetivo nunca fue la croqueta.
Alrededor queda el daño que no se ve en la sentencia. La edad. Dieciséis años de experiencia en un único sector. Un currículum que arrastra la pregunta de por qué se fue, y una respuesta que no conviene dar en una entrevista. El cálculo completo de lo que pierde un trabajador en esa situación —indemnización, prestación, tiempo de reempleo— da un resultado bastante peor que el titular.
¿Dónde está el límite: una croqueta, dos, una caja de cervezas?
Es la pregunta que ordena todo el caso cuando se baja al detalle. Si el producto se descarta igualmente, la pérdida contable es cero; si mañana se tolera una unidad, alguien reclamará el blíster y después el carro completo. Entre esas dos posiciones, la justicia manchega eligió un punto intermedio: sanción sí, expulsión no. El caso lo puso en marcha el propio trabajador, que reconoció el hecho al día siguiente ante su coordinadora: según el relato del caso, lo hizo de forma voluntaria, aunque en el debate se apunta que pudo estar vigilado para provocar el despido.
Los casos que no llegan a los tribunales
En el debate se relatan episodios equivalentes en otras cadenas —despidos por unos caramelos de un bote abierto— que jamás trascienden. Y se cita el caso de un gerente apartado tras llevarse al salir una crema de manos y una colonia, con las etiquetas de compra revisadas de por medio: también despido disciplinario. La comparación sirve para preguntar si el problema es la norma o la persona a la que se aplica. Circula incluso la vieja anécdota de unos bolígrafos que un familiar de un alto cargo se llevó de un despacho y tuvo que devolver, con el argumento de que no eran suyos. La propiedad ajena, cuando interesa, se defiende con celo.
Queda el dato frío. La croqueta acabó en la basura y el trabajador, en la calle. La empresa pagará la improcedencia y dormirá igual de bien. Ninguno de los dos volverá a coincidir en la sección de listos para comer.