El asalariado del SMI cotiza 5.400 euros al año y el autónomo solo mira su cuota
¿Cuánto paga realmente un trabajador por la Seguridad Social? La respuesta corta: bastante más de lo que aparece en su nómina. Un asalariado que cobra el Salario Mínimo Interprofesional, 16.574 euros brutos anuales repartidos en doce pagas, genera una cotización patronal del 33,10% sobre el bruto que no ve reflejada en su líquido. Son
5.400 euros al año, casi 450 euros al mes, a los que se suma el porcentaje que sí figura en el recibo de salarios, entre 50 y 100 euros mensuales. Total: más de 500 euros al mes en cotizaciones sociales. Y sobre esa nómina completa, después, tributa en el IRPF.
Ese es el punto de partida del malestar que recorre estos días los mentideros económicos digitales. La queja de fondo no es nueva, pero el detalle aritmético sí: mientras el trabajador por cuenta ajena asume una carga que rara vez contabiliza, el trabajador por cuenta propia concentra su indignación en una cuota mensual que arranca en torno a
200 euros y que, con la última revisión, se ha ido a unos 216. La comparación, sostienen algunos, no resiste el análisis.
Qué cotiza un asalariado que cobra el SMI
El cálculo que circula es sencillo y demoledor. El SMI anual se sitúa en
16.574 euros. De esa cantidad, la empresa ingresa a la Seguridad Social un 33,10% que no aparece en el cuerpo de la nómina, sino en el margen inferior, en letra pequeña, bajo el epígrafe de coste empresarial. Son 5.400 euros anuales. A eso se añade la aportación del propio trabajador, que sí se descuenta del bruto. La horquilla habitual ronda los 50 a 100 euros al mes. La suma supera los 500 euros mensuales.
Hay quien matiza que ese dinero lo desembolsa formalmente el empleador y no el empleado. El matiz es técnicamente cierto y económicamente discutible. El coste laboral total condiciona la contratación: si el trabajador no generase al menos su salario más las cotizaciones más un margen, el puesto no existiría. La discusión sobre quién paga de verdad ese 33,10% es, en el fondo, una discusión sobre incidencia fiscal que lleva décadas sin resolverse.
Lo que sí admite poca discusión es la evolución. Las bases de cotización suben cada ejercicio, igual que el tope máximo, que hace unos años se situaba en
3.600 euros y ya ronda los 5.000. La actualización responde a la inflación y arrastra también al alza las prestaciones futuras. Para el asalariado, ese ajuste anual es rutina. Para el autónomo, según el relato dominante, es una afrenta.
La cuota del autónomo: cotización, no impuesto
Aquí conviene precisar un término que se usa mal a propósito o por ignorancia. La cuota de autónomo
no es un impuesto. Es una cotización social, exactamente igual que la del asalariado, y da acceso a las mismas prestaciones: incapacidad temporal, maternidad, jubilación, viudedad. La diferencia no está en la naturaleza del pago, sino en su cuantía y en quién la elige.
El autónomo cotiza por la base que decide, dentro de los tramos legalmente establecidos. Durante años, la mayoría optó por la base mínima. El resultado es una cotización baja y, en coherencia, una pensión baja. Quien aspire a una jubilación de 3.000 euros tendrá que cotizar como cotiza un asalariado con base máxima: alrededor de
1.500 euros al mes. No hay atajo.
El sistema, además, arrastra una rigidez que complica la equiparación. El autónomo no tiene paro en el sentido ordinario, no disfruta de bajas con la misma cobertura y no accede a todas las prestaciones del régimen general. Esa asimetría es real y explica parte del enfado. Pero también lo es que la tarifa plana de los dos primeros años, que llegó a ser de 50 euros mensuales, se ha convertido en un coladero para que algunas empresas contraten falsos autónomos en lugar de asalariados, ahorrándose el grueso de las cotizaciones.
El IRPF, la caja B y el cuento de los gastos
La otra pata del reproche apunta a la fiscalidad directa. Se sostiene que muchos autónomos declaran lo que les conviene, cobran en efectivo y no emiten factura hasta que el cliente la pide, momento en que aparece un recargo del 21% en concepto de IVA. También se les atribuye deducirse gastos personales, desde la calefacción de casa hasta el coche, según el sector.
La respuesta desde el lado de los trabajadores por cuenta propia es que la ley del IRPF obliga a tributar por lo que corresponde, que los gastos deducibles son los que la norma permite y no los que uno quiera, y que la generalización del pago en efectivo resulta cada vez más difícil con los controles actuales. Sobre el IVA, recuerdan que es un impuesto que se repercute al cliente y del que se deducen las cuotas soportadas. El debate, en este punto, se mueve entre la sospecha legítima y la caricatura interesada.
El romanticismo del esfuerzo y su factura
Hay un subtexto que recorre toda la discusión y que rara vez se explicita: la competencia por ver quién sufre más. Por un lado, el relato del autónomo como luchador incansable, el que se levanta a las cinco, el que arriesga su patrimonio y no tiene vacaciones. Por otro, la constatación de que un profesor de instituto se enfrenta cada día a treinta adolescentes sin posibilidad de elegir clientes, y nadie le pone una medalla por ello.
El romanticismo del esfuerzo propio, aplicado como argumento fiscal, tiene un problema: es incomprobable y, por tanto, inútil para dirimir quién paga más. Lo que sí se puede medir es la cotización efectiva. Y ahí, el asalariado que cobra el SMI aporta al sistema más de lo que muchos autónomos ingresan, aunque la percepción social sea la contraria. La discusión sobre quién es más valiente no paga pensiones.
Al final, la pregunta que subyace no es si el autónomo paga mucho o poco, sino por qué la conversación pública sobre la carga fiscal se ha convertido en un concurso de agravios comparativos. Con estos números sobre la mesa, lo razonable sería exigir una rebaja general de cotizaciones y no una subida para igualar por abajo. Pero eso exige renunciar al consuelo de saber que al vecino le quitan más. Y el consuelo, ya se sabe, es lo último que se pierde.