Ahora es más duro para el inquilino y más fácil si eres pequeño propietario.
Antes:
Decía "soy vulnerable" y suspendían el lanzamiento 1 año sin comprobar ingresos.
Daba igual si tú tenías 1 piso y vivías de él.
Los abogados de oficio metían el escrito el día antes del lanzamiento y se paraba todo.
Ahora desde el 9 de octubre con el RDL 29/2026:
No vale solo decirlo: tiene que presentar nóminas, renta, informe de Servicios Sociales en 10 días. Si no lo presenta, no hay suspensión.
Si tienes 2 pisos eres intocable incluso con vulnerables el BOE lo dice expreso, si acreditas 2 o menos viviendas, la suspensión no te aplica aunque el otro sí sea vulnerable. Antes no existía esa excepción.
3.
Si tiene ingresos por encima de 3x IPREM (1.800€ familia), coche de más de 10k, segunda vivienda a su nombre, contrato sin declarar, el informe de Servicios Sociales sale "no vulnerable". Y ahora el juzgado pide a Hacienda y Seguridad Social los datos directamente, no lo que diga él.
4. Si es precario / sin contrato: ni siquiera puede usar la vía de "que pague la Administración la deuda". Esa vía es solo para contratos de alquiler con impago. En precario, lanzamiento directo.
Osea que de proteger al inquilino nada, está igual y peor para el inquilino.
No obstante cada hora que pasa miles de alquileres son retirados. Esto no lo frena nadie.
Antes:
Decía "soy vulnerable" y suspendían el lanzamiento 1 año sin comprobar ingresos.
Daba igual si tú tenías 1 piso y vivías de él.
Los abogados de oficio metían el escrito el día antes del lanzamiento y se paraba todo.
Ahora desde el 9 de octubre con el RDL 29/2026:
No vale solo decirlo: tiene que presentar nóminas, renta, informe de Servicios Sociales en 10 días. Si no lo presenta, no hay suspensión.
Si tienes 2 pisos eres intocable incluso con vulnerables el BOE lo dice expreso, si acreditas 2 o menos viviendas, la suspensión no te aplica aunque el otro sí sea vulnerable. Antes no existía esa excepción.
3.
Si tiene ingresos por encima de 3x IPREM (1.800€ familia), coche de más de 10k, segunda vivienda a su nombre, contrato sin declarar, el informe de Servicios Sociales sale "no vulnerable". Y ahora el juzgado pide a Hacienda y Seguridad Social los datos directamente, no lo que diga él.
4. Si es precario / sin contrato: ni siquiera puede usar la vía de "que pague la Administración la deuda". Esa vía es solo para contratos de alquiler con impago. En precario, lanzamiento directo.
Osea que de proteger al inquilino nada, está igual y peor para el inquilino.
No obstante cada hora que pasa miles de alquileres son retirados. Esto no lo frena nadie.
