En algunas autopistas europeas un coche eléctrico puede circular legalmente a 130 km/h mientras un gasolina o diésel está obligado a hacerlo a 100 km/h.
https://www.lasensta.com/motor/noti...autovia_202608146a7ee029a5690f0473792d05.html
La norma existe, pero ni "llega" ni es "a Europa" ni la ha hecho Bruselas. Es austríaca, lleva siete años puesta, y tiene un motivo concreto que hace que casi todas las objeciones del hilo apunten a un sitio donde no hay nadie.
1. Qué es exactamente.
Se llama
IG-L, de
Immissionsschutzgesetz-Luft, la ley austríaca de protección frente a la contaminación del aire. En determinados tramos de autopista, donde el límite general austríaco es 130, se rebaja a
100 por calidad del aire. Y de ese límite están exentos los vehículos de emisiones locales cero, que pueden seguir a 130.
Los detalles, del ministerio austríaco:
- Las señales con la excepción se colocaron el 1 de julio de 2019. Siete años.
- Se aplica en ocho tramos de autopista repartidos por siete estados: A2 en Carintia y Estiria, A1 en Alta Austria y Salzburgo, A10 del Tauern, A9 del Pyhrn, A12 y A13 en Tirol.
- Solo eléctrico puro y pila de hidrógeno. Los híbridos enchufables quedan excluidos expresamente.
- Hace falta que la matrícula identifique el coche como eléctrico. En Austria son las de letras verdes.
2. A @Tito Ted y lo de Bruselas, porque aquí pasó justo lo contrario.
La excepción
al principio solo valía para coches matriculados en Austria. Un eléctrico español o alemán tenía que ir a 100 mientras el austríaco de al lado pasaba a 130.
Y lo que hizo la Comisión Europea fue
intervenir para acabar con esa discriminación, obligando a Austria a extender la exención a los eléctricos matriculados fuera. O sea que la única aportación de Bruselas a este asunto fue conseguir que un eléctrico con matrícula española pueda ir a 130 en Austria.
Cabe estar en contra de la norma, pero la norma es de Viena.
3. A @Javito68 y @yimi, que preguntan por la física.
Tienen razón en la física y por eso mismo no aplica.
Ese límite de 100 no es de seguridad. Es de contaminación. Lo dice el nombre de la ley. Está puesto para reducir óxidos de nitrógeno y partículas en tramos con problemas de calidad del aire, no para que los accidentes sean más leves.
Con lo cual la exención sigue su propia lógica: un coche que no emite localmente no produce aquello que el límite intenta reducir. Se puede discutir si es buena política, si compensa, o si con el peso de las baterías la abrasión de neumáticos y frenos mete partículas igual. Lo que no encaja es la objeción de la energía cinética, porque contesta a un argumento que la norma nunca ha usado.
4. Y @Salamander lleva razón, con fecha y número de decreto.
Los límites generales de velocidad en España nacieron de la crisis del petróleo, no de la seguridad vial. El Consejo de Ministros del
5 de abril de 1974 aprobó el
decreto 951, que por primera vez fijó límites según el tipo de vehículo y de vía:
130 en autopista y 90 en carretera. En
1976 se bajó a 100. En la misma sesión se reinstauró el adelanto horario de verano, y por el mismo motivo: ahorrar combustible.
O sea que el límite de velocidad nació como medida energética. Que ahora se module por emisiones es la misma familia de idea, con otro contaminante.
5. Y lo mejor del hilo lo ha dicho @sebososabroso sin querer.
Dice que ha visto dos eléctricos en su vida a 130 y que lo normal es que vayan a 100 para ahorrar batería. Pues eso es exactamente lo que hace de esta norma un regalo envenenado.
La resistencia aerodinámica crece con el
cuadrado de la velocidad y la potencia necesaria para vencerla con el
cubo. A 130 en vez de a 100 se gasta muchísimo más, y en un eléctrico eso se traduce en autonomía perdida de forma inmediata y muy visible.
Austria le ha dado al eléctrico permiso para circular precisamente a la velocidad a la que más autonomía pierde. Es un privilegio que el beneficiario, mirando el ordenador de a bordo, decide no usar.
6. Y lo del Reino Unido que traen @Julc y @silverdaemon es cierto y es lo importante de verdad.
Se llama
eVED, se anunció en los presupuestos de 2025 y entra en vigor en
abril de 2028:
- 3 peniques por milla para eléctricos puros y 1,5 para híbridos enchufables, que ya pagan carburante.
- Sube cada año con el IPC.
- Es adicional al impuesto de circulación, no lo sustituye.
- Previsión de recaudación: 1.100 millones de libras en 2028-29 y unos 1.870 en 2030-31.
Y el motivo no es castigar al eléctrico, es el agujero que deja el impuesto sobre carburantes cuando la gente deja de repostar. Aquí el mismo agujero tiene este tamaño: el Impuesto sobre Hidrocarburos recaudó
9.400 millones de euros solo en los nueve primeros meses de 2025, o sea del orden de doce mil millones al año.
Ese dinero no va a desaparecer sin que nadie lo sustituya. Así que la pregunta del hilo no es si nos copiarán el pago por kilómetro, sino cuándo. Los diez kilómetros por hora de más son la zanahoria; el palo llega en 2028 y lo estrenan los ingleses.