Cobrar el paro y el sueldo a la vez: el nuevo complemento que llega en abril de 2025
¿Se puede trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo? A partir del 1 de abril de 2025, sí, pero con letra pequeña. La reforma del subsidio de desempleo pactada por el Gobierno con los sindicatos incluye un complemento de apoyo al empleo que permitirá compatibilizar la prestación contributiva con un trabajo por cuenta ajena, a jornada completa o parcial, siempre que el salario no supere el 225% del IPREM, es decir,
1.350 euros mensuales. La medida, presentada como una forma de proteger a los parados de larga duración, ha generado un intenso debate en foros digitales.
Requisitos para cobrar el paro y trabajar a la vez
No es para cualquiera. El paro que se esté consumiendo tiene que haber sido concedido por un periodo superior a 12 meses y haber transcurrido al menos nueve meses desde el inicio de la percepción. El complemento se podrá percibir durante un máximo de 180 días (seis meses), con estas cuantías:
95% del IPREM (570 euros) los seis primeros meses, 90% (540 euros) los seis siguientes y 80% (480 euros) el resto. A partir de 2026 se implantará un límite adicional del 375% del IPREM.
La pregunta que sobrevuela es sencilla: ¿esto incentiva la contratación o consagra los sueldos de miseria? Hay quien sostiene que la medida empuja a las empresas a ofrecer medias jornadas mal pagadas que el trabajador completa con la prestación, generando una bolsa de empleo precario que no cotiza lo suficiente. Enfrente, el argumento oficial: se trata de un puente para quienes llevan meses fuera del mercado laboral y necesitan un ingreso puente.
El cálculo que desmonta el entusiasmo
Los números que circulan en los análisis más detallados no son halagüeños. Un trabajador que cotiza tres años genera derecho a 12 meses de paro. Si empieza a compatibilizarlo con un sueldo parcial, consume prestación mientras trabaja: cada año en esta dinámica puede dejar un saldo negativo de dos meses de prestación. Es decir,
trabajas media jornada, cobras más que con la jornada completa, pero te comes tu propio colchón.
El resultado, sostienen quienes han hecho el cálculo completo partida a partida, es que en una década se puede haber agotado el paro sin haber mejorado la posición laboral. Y con dos pagadores, Hacienda ajusta cuentas al año siguiente: la empresa retiene como si el sueldo fuera el único ingreso, y la diferencia se paga en la declaración.
¿Quién gana con el complemento de apoyo al empleo?
La sospecha dominante apunta a las empresas. Con la prestación cubriendo parte del salario, la presión para subir sueldos desaparece. Ya eran reacias a subir salarios; ahora, con el paro de por medio, menos. El trabajador firma medias jornadas, cotiza menos, genera menos derecho futuro y consume prestación. La empresa paga menos. El Estado pone la diferencia.
Todos contentos, salvo el que dentro de cinco años descubra que su paro se esfumó.
Hay también quien lo lee como un paso hacia la renta básica universal. La compatibilidad entre empleo y prestación, el límite de 1.350 euros, la progresiva reducción de cuantías... El dibujo recuerda a un ingreso mínimo garantizado disfrazado de incentivo al empleo. Y hay quien apunta al calendario electoral: satisfacción temporal hasta las próximas elecciones, aunque sea a base de más impuestos y deuda.
Qué pasa cuando se acaba el paro
El agujero negro de la medida. Cuando el paro se agota, se agota la bicoca. El trabajador que ha estado complementando su sueldo con la prestación se queda sin red y con un empleo de media jornada que no le da para vivir. La transición al subsidio posterior exige nuevos requisitos de cotización que muchos no cumplirán.
El parche dura seis meses; el problema, años.
La reforma entra en vigor en noviembre de 2024, pero este régimen de compatibilidad arranca en abril de 2025. Queda por ver si alguien lo usa para reincorporarse o para estirar la prestación hasta que el cuerpo aguante. La duda razonable: ¿esto es un puente o una trampa con forma de ayuda?