Hacienda vigila las transferencias de padres a hijos para comprar vivienda
¿Puede Hacienda reclamarte miles de euros por ayudar a tu hijo a comprar una vivienda? La respuesta, según el material que manejan los despachos especializados, es que sí si la operación se canaliza como una simple transferencia bancaria sin contrato ni declaración. La Agencia Tributaria ha intensificado el cruce de datos con las haciendas autonómicas y locales para detectar movimientos sospechosos, y el foco está puesto en esos ingresos que llegan a la cuenta de los hijos sin justificación documental. El abogado Manuel Requena lo resume en un vídeo que circula por redes: «Si solo le haces una transferencia y no haces nada más, puede que tiempo después recibas una notificación de Hacienda con un importe por el impuesto de donaciones que no esperabas». La horquilla de sanción que se baraja en el sector arranca en 7.000 euros y puede superar los 9.000 con recargos e intereses.
Diferencia entre préstamo y donación: la clave está en el contrato
La normativa distingue dos figuras con tratamientos fiscales opuestos. Un préstamo entre familiares es una operación reconocida dentro del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en su modalidad de transmisiones onerosas. Está exento de tributación, pero debe declararse para evitar que Hacienda lo interprete como una donación encubierta. El trámite se formaliza con el modelo 600. En cambio, una donación es una transmisión gratuita sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, con plazos estrictos: la escritura ante notario y la autoliquidación en los 30 días siguientes.
El error más común, según los expertos citados, es hacer solo la transferencia y confiar en que nadie pregunte. «Hacienda te puede cobrar unos 1.000 euros por ese impuesto de donaciones. Y ni hablar de recargos y sanciones si no lo presentas en tiempo y forma», añade Requena. La diferencia entre hacerlo bien y hacerlo mal puede ser de miles de euros.
¿Cuánto dinero se puede dejar a un hijo sin pagar impuestos?
No existe un límite máximo legal para el importe que un particular puede prestar o donar a un familiar. La cuantía la decide quien presta. Lo que cambia es el tratamiento fiscal según la comunidad autónoma. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, las donaciones de padres a hijos están bonificadas al 99%, lo que en la práctica reduce la factura a una cantidad simbólica. En la Comunidad Valenciana, con una escritura de donación correcta y la declaración presentada en plazo, se pueden aplicar reducciones que dejen el pago en muy poco o nada. El problema surge cuando no se declara.
La alternativa del préstamo también tiene sus reglas. Si se pacta sin intereses, no hay que declarar beneficios, pero sí justificar que no se han abonado. Y si el préstamo no se devuelve, en teoría se abrirían acciones legales, aunque en la práctica, cuando el deudor es un hijo, lo habitual es que los padres lo dejen pasar. Esa dejadez es precisamente lo que convierte un préstamo formal en una donación de facto a ojos de la administración.
El debate social: ¿persecución fiscal o control necesario?
La conversación que ha generado este asunto en los círculos económicos refleja una fractura profunda. Hay quien sostiene que se trata de una intromisión injusta en la economía familiar, especialmente en un contexto de precios de vivienda prohibitivos para los jóvenes. «Te persiguen por dar dinero a tus hijos para que compren una vivienda en un momento en que el precio es prohibitivo para tener algo tan básico», resume una de las posturas más repetidas. Otra corriente defiende que el control es necesario para evitar el fraude fiscal y que quienes cumplen las normas no tienen nada que temer.
Entre medias, abundan las estrategias para esquivar el radar. Desde préstamos con interés cero y cuotas simbólicas hasta donaciones encubiertas en pagos cotidianos. Algunos participantes mencionan el «pitufeo» —el fraccionamiento de ingresos en pequeñas cantidades para no llamar la atención— como práctica extendida. La realidad es que Hacienda ya cruza datos de plusvalía municipal, transmisiones y saldos bancarios, y los márgenes para el dinero opaco se estrechan.
La conclusión, por ahora, es que la vía legal existe y no es cara si se hace bien. Otra cosa es que la burocracia y el miedo a la inspección empujen a muchos a la improvisación. Y ahí, como siempre, el que paga el pato es el que no lee la letra pequeña.